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Toda persona tiene derecho a ser comunicará al paciente de forma com-
informada, pero en el caso que no prensible y adecuada a sus necesidades
quiera conocer, tiene derecho a no ser y le ayudará a tomar decisiones de
acuerdo con su propia y libre voluntad.
informada
El responsable de dar la información
tutela de los derechos de los pacientes y, 41/2002, al igual que las distintas leyes es el médico responsable de cada
en especial, de su derecho a la intimi- autonómicas, mantiene la defensa de paciente que se la dará al propio pacien-
dad. Esto obliga, a su vez, a que los informar a los usuarios “las razones y el te, pues éste es el titular del derecho a
usuarios y pacientes de la sanidad modo de proporcionar tales informacio- la información, excepto cuando este
conozcan la importancia que tiene la nes a terceros”, principio que se defien- ejerce su derecho a no saber. También
confidencialidad de sus datos y su infor- de por el Tribunal Constitucional, al serán informadas las personas vincula-
mación sanitaria para poderla demandar igual que la Carta de los Derechos Fun- das a él, por razones familiares o de
y exigir como establece la nueva Ley damentales de la Unión Europea en la hecho, en la medida que el paciente lo
41/2002 que defiende los derechos de que se defiende el derecho a la intimi- permita de manera expresa o tácita.
todos los pacientes sea cual sea su edad dad y protección de los datos, estable-
o sus circunstancias físicas. ciendo el derecho a la protección de La información es tan importante que
DERECHO A LA INFORMACIÓN datos de carácter personal, defendiendo el paciente será informado, incluso, en
el derecho a saber y a ser informado que caso de incapacidad, de modo adecua-
Es importante señalar como la Ley tiene el interesado sobre el destino y uso do a sus posibilidades de comprensión,
de los datos de carácter personal y el cumpliendo con el deber de informar
DERECHOS Y DEBERES derecho a acceder, rectificar y cancelar también a su representante legal. Cuan-
dichos datos. En definitiva, el poder de do el paciente, según el criterio del
La atención sanitaria determi- disposición que tiene la persona sobre médico que le asiste, carezca de capa-
na derechos y deberes para sus propios datos personales cuando se cidad para entender la información a
los pacientes y todos ellos hay realice el tratamiento de los datos por causa de su estado físico o psíquico, la
que conocerlos para que se pueda terceros, tanto por administraciones información se pondrá en conocimiento
exigir atención correcta y respeto públicas, como por entidades privadas. de las personas vinculadas a él por razo-
para todos. El derecho a la intimi- nes familiares o de hecho.
dad, la información y el consenti- La nueva Ley 41/2002 establece, en
miento y el deber de respeto a los su artículo 4, que los pacientes tienen DERECHO DE CONSENTIMIENTO
profesionales y a las propias insti- derecho a conocer, con motivo de cual-
tuciones, deberán ser los ejes cen- quier actuación en el ámbito de su Con la Ley 41/2002 el consentimien-
trales para una atención de calidad salud, toda la información disponible to informado de los pacientes se conso-
y una buena relación médico sobre la misma, salvando los supuestos lida y queda establecido como un proce-
paciente. exceptuados por la Ley. Además, toda so obligatorio en todas las actuaciones
persona tiene derecho a que se respete sanitarias. El artículo 8 exige que toda
Toda persona sea cual sea su su voluntad de no ser informada. La actuación en el ámbito de la salud de un
edad, sexo o situación, tiene dere- información, que como regla general se paciente necesita el consentimiento
cho a conocer todo lo relativo a su proporcionará verbalmente dejando libre y voluntario del afectado, una vez
salud y dar el consentimiento ante constancia en la historia clínica, com- que, recibida la información, haya valo-
las pruebas diagnósticas y el trata- prende, como mínimo, la finalidad y la rado las opciones propias del caso.
miento, a la intimidad y la confiden- naturaleza de cada intervención, sus
cialidad y a tener acceso a su his- riesgos y sus consecuencias. Teniendo El consentimiento será verbal por
toria clínica. en cuenta que la información clínica for- regla general. Sin embargo, se prestará
ma parte de todas las actuaciones asis- por escrito en los casos siguientes inter-
tenciales, y ésta será verdadera, se vención quirúrgica, procedimientos
diagnósticos y terapéuticos invasores y,
en general, aplicación de procedimien-
tos que suponen riesgos o inconvenien-
tes de notoria y previsible repercusión
negativa sobre la salud del paciente.
Sesenta y más 49
informada, pero en el caso que no prensible y adecuada a sus necesidades
quiera conocer, tiene derecho a no ser y le ayudará a tomar decisiones de
acuerdo con su propia y libre voluntad.
informada
El responsable de dar la información
tutela de los derechos de los pacientes y, 41/2002, al igual que las distintas leyes es el médico responsable de cada
en especial, de su derecho a la intimi- autonómicas, mantiene la defensa de paciente que se la dará al propio pacien-
dad. Esto obliga, a su vez, a que los informar a los usuarios “las razones y el te, pues éste es el titular del derecho a
usuarios y pacientes de la sanidad modo de proporcionar tales informacio- la información, excepto cuando este
conozcan la importancia que tiene la nes a terceros”, principio que se defien- ejerce su derecho a no saber. También
confidencialidad de sus datos y su infor- de por el Tribunal Constitucional, al serán informadas las personas vincula-
mación sanitaria para poderla demandar igual que la Carta de los Derechos Fun- das a él, por razones familiares o de
y exigir como establece la nueva Ley damentales de la Unión Europea en la hecho, en la medida que el paciente lo
41/2002 que defiende los derechos de que se defiende el derecho a la intimi- permita de manera expresa o tácita.
todos los pacientes sea cual sea su edad dad y protección de los datos, estable-
o sus circunstancias físicas. ciendo el derecho a la protección de La información es tan importante que
DERECHO A LA INFORMACIÓN datos de carácter personal, defendiendo el paciente será informado, incluso, en
el derecho a saber y a ser informado que caso de incapacidad, de modo adecua-
Es importante señalar como la Ley tiene el interesado sobre el destino y uso do a sus posibilidades de comprensión,
de los datos de carácter personal y el cumpliendo con el deber de informar
DERECHOS Y DEBERES derecho a acceder, rectificar y cancelar también a su representante legal. Cuan-
dichos datos. En definitiva, el poder de do el paciente, según el criterio del
La atención sanitaria determi- disposición que tiene la persona sobre médico que le asiste, carezca de capa-
na derechos y deberes para sus propios datos personales cuando se cidad para entender la información a
los pacientes y todos ellos hay realice el tratamiento de los datos por causa de su estado físico o psíquico, la
que conocerlos para que se pueda terceros, tanto por administraciones información se pondrá en conocimiento
exigir atención correcta y respeto públicas, como por entidades privadas. de las personas vinculadas a él por razo-
para todos. El derecho a la intimi- nes familiares o de hecho.
dad, la información y el consenti- La nueva Ley 41/2002 establece, en
miento y el deber de respeto a los su artículo 4, que los pacientes tienen DERECHO DE CONSENTIMIENTO
profesionales y a las propias insti- derecho a conocer, con motivo de cual-
tuciones, deberán ser los ejes cen- quier actuación en el ámbito de su Con la Ley 41/2002 el consentimien-
trales para una atención de calidad salud, toda la información disponible to informado de los pacientes se conso-
y una buena relación médico sobre la misma, salvando los supuestos lida y queda establecido como un proce-
paciente. exceptuados por la Ley. Además, toda so obligatorio en todas las actuaciones
persona tiene derecho a que se respete sanitarias. El artículo 8 exige que toda
Toda persona sea cual sea su su voluntad de no ser informada. La actuación en el ámbito de la salud de un
edad, sexo o situación, tiene dere- información, que como regla general se paciente necesita el consentimiento
cho a conocer todo lo relativo a su proporcionará verbalmente dejando libre y voluntario del afectado, una vez
salud y dar el consentimiento ante constancia en la historia clínica, com- que, recibida la información, haya valo-
las pruebas diagnósticas y el trata- prende, como mínimo, la finalidad y la rado las opciones propias del caso.
miento, a la intimidad y la confiden- naturaleza de cada intervención, sus
cialidad y a tener acceso a su his- riesgos y sus consecuencias. Teniendo El consentimiento será verbal por
toria clínica. en cuenta que la información clínica for- regla general. Sin embargo, se prestará
ma parte de todas las actuaciones asis- por escrito en los casos siguientes inter-
tenciales, y ésta será verdadera, se vención quirúrgica, procedimientos
diagnósticos y terapéuticos invasores y,
en general, aplicación de procedimien-
tos que suponen riesgos o inconvenien-
tes de notoria y previsible repercusión
negativa sobre la salud del paciente.
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