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produce una creciente demanda tizar derechos iguales para todos nos, la protección de las personas
social, que solo es satisfecha en y proporcionar los recursos sufi- en situación de dependencia. En
un reducido porcentaje por el cientes para atender a todas las su formulación se deberían tener
Sistema Sanitario y por los servi- personas dependientes. Ello en en cuenta algunos de los siguien-
cios sociales con limitados recur- colaboración con las Comunida- tes principios básicos:
sos financieros. Ello supone la des Autónomas y las Corporacio-
aplicación de políticas diferentes, nes Locales que son las Adminis- ● Universalidad de la presta-
que tienden a aumentar las desi- traciones competentes en la eje- ción. Todas las personas en situa-
gualdades territoriales y, por tan- cución de políticas de servicios ción de dependencia, sea cual sea
to, reducen la efectividad de las sociales. su edad y el origen de la depen-
políticas de protección social. dencia y situación social podrán
Por otra parte, se están generan- HACIA UN SISTEMA acceder a las prestaciones del sis-
do una diversidad de modelos NACIONAL DE tema, en las condiciones y con los
que dan lugar a incoherencias, DEPENDENCIA requisitos que se establezcan.
derechos desiguales y desequili-
brios en la distribución de los Entendemos por Sistema ● Carácter público de la pres-
recursos. Nacional de Dependencia el con- tación, con independencia de las
junto de prestaciones y servicios formas de financiación y de las
La regulación desde el ámbito que garantizan, en las mismas con- que adopte la gestión concreta de
del Estado de la protección a la diciones para todos los ciudada- cada prestación.
dependencia debe servir para
crear un marco coherente, garan- ● Igualdad en el acceso al
derecho. El estado debe garanti-
zar la igualdad básica en el acce-
so a las prestaciones de todas las
personas, sea cual sea el lugar de
residencia, aunque las administra-
ciones autonómicas y locales,
podrán, con cargo a sus presu-
puestos, ampliar o mejorar las
condiciones básicas. La ley de
atención a la dependencia tendría
carácter de normativa básica
estatal y, por tanto, de mínimos
garantizados.
● Cofinanciación por parte de
los usuarios en las condiciones que
se establezcan con carácter gene-
ral para toda España.
De entre los sistemas de pro-
tección universal o de seguridad
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social, que solo es satisfecha en y proporcionar los recursos sufi- en situación de dependencia. En
un reducido porcentaje por el cientes para atender a todas las su formulación se deberían tener
Sistema Sanitario y por los servi- personas dependientes. Ello en en cuenta algunos de los siguien-
cios sociales con limitados recur- colaboración con las Comunida- tes principios básicos:
sos financieros. Ello supone la des Autónomas y las Corporacio-
aplicación de políticas diferentes, nes Locales que son las Adminis- ● Universalidad de la presta-
que tienden a aumentar las desi- traciones competentes en la eje- ción. Todas las personas en situa-
gualdades territoriales y, por tan- cución de políticas de servicios ción de dependencia, sea cual sea
to, reducen la efectividad de las sociales. su edad y el origen de la depen-
políticas de protección social. dencia y situación social podrán
Por otra parte, se están generan- HACIA UN SISTEMA acceder a las prestaciones del sis-
do una diversidad de modelos NACIONAL DE tema, en las condiciones y con los
que dan lugar a incoherencias, DEPENDENCIA requisitos que se establezcan.
derechos desiguales y desequili-
brios en la distribución de los Entendemos por Sistema ● Carácter público de la pres-
recursos. Nacional de Dependencia el con- tación, con independencia de las
junto de prestaciones y servicios formas de financiación y de las
La regulación desde el ámbito que garantizan, en las mismas con- que adopte la gestión concreta de
del Estado de la protección a la diciones para todos los ciudada- cada prestación.
dependencia debe servir para
crear un marco coherente, garan- ● Igualdad en el acceso al
derecho. El estado debe garanti-
zar la igualdad básica en el acce-
so a las prestaciones de todas las
personas, sea cual sea el lugar de
residencia, aunque las administra-
ciones autonómicas y locales,
podrán, con cargo a sus presu-
puestos, ampliar o mejorar las
condiciones básicas. La ley de
atención a la dependencia tendría
carácter de normativa básica
estatal y, por tanto, de mínimos
garantizados.
● Cofinanciación por parte de
los usuarios en las condiciones que
se establezcan con carácter gene-
ral para toda España.
De entre los sistemas de pro-
tección universal o de seguridad
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