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dossier

ACTUACIONES ÉTICA lugar de la persona a la que presta apoyo
y preguntándose qué es lo que él pensa-
En coherencia con estos principios: A menudo dentro del ámbito de la ría en tal situación.
LAS ORGANIZACIONES dispondrán discapacidad intelectual se habla de
los medios necesarios para que cada per- sus dificultades y de su dependencia Deben denunciar situaciones de injusti-
sona, con independencia de su capacidad, respecto a terceras personas. Pero cia manifiesta, malos tratos o tratos veja-
pueda expresarse por sí misma, facilitan- también las ideas pueden expresarse torios y cualquier otra acción que conlle-
do oportunidades y medios para expre- desde otro punto de vista, con una ve el incumplimiento de este código ético.
sar con libertad (sin mediaciones mani- visión más positiva. Por ejemplo,
puladoras) sus quejas, deseos, necesida- hablar de capacidades y de autono- Han de actuar y garantizar que se actúe
des, aspiraciones y creencias. En todo mía es una forma más respetuosa y con la persona mediante un trato digno y
caso deben habilitarse canales adecuados digna para dirigirse a ellas. En este respetuoso en todo momento. El trato, las
que permitan el acceso de las opiniones, sentido, FEAPS ha creado un código formas de llamar, dirigirse y designar a las
demandas, propuestas o críticas hasta sus ético que rige valores y normas para personas han de estar basados en el res-
órganos de gobierno, reconociendo que sirvan de guía de conducta de los peto, teniendo en cuenta los deseos de la
dichos canales en la reglamentación de distintos actores y estamentos del persona, sus opiniones, su edad y el entor-
régimen interno. movimiento asociativo. no socio-cultural en el que se mueve, y sin
Velarán por una atención personaliza- realizar discriminación alguna por motivos
da, individualizada y de calidad. Esta aten- componente de la autodeterminación. de género, de capacidad, étnicos, religio-
ción personalizada debe regir la práctica En ocasiones, y con el consenso de equi- sos, políticos o sexuales.
orientada a la persona y a su familia, po, pueden limitar cautelarmente el
huyendo de una programación genérica y derecho a la autodeterminación cuando Fomentarán siempre la autoestima de
de las respuestas o acciones que no tie- de forma real o potencial la acción o la persona y su reconocimiento social,
nen en cuenta las dificultades, el entorno actividad de una persona presente un con independencia de los logros, de su
e itinerario vital de cada persona. grave, previsible e inminente riesgo para productividad social o de las dificultades
Harán explícito en sus reglamentos, sí mismo o para otros. que manifiesten.
idearios o demás mecanismos de regula-
ción y gestión su rechazo total al castigo Han de consultar a la persona en toda LAS FAMILIAS de las personas con
físico y/o psicológico, expresando por lo cuestión que le afecte. Cuando se consi- discapacidad intelectual deben fomentar
tanto su no uso en ningún ámbito. dere, en consenso con la familia o tuto- e impulsar la autodeterminación en toda
Garantizarán siempre el derecho a la res y con el equipo de profesionales, que edad, facilitando la expresión de opinio-
intimidad de la persona tanto más si ella no la consulta no es posible realizarla se dis- nes, intereses, creencias, expectativas y
es capaz de defenderla, especialmente en el pondrán de modo explícito mecanismos necesidades y ofreciendo las máximas
ámbito institucional: en residencias, pisos para asegurar que las decisiones que le oportunidades para que esta autodeter-
tutelados, centros tanto educativos como afectan son tomadas en coherencia a sus minación se exprese.
laborales o de prestación de otros servi- intereses, deseos y necesidades.
cios tales como programas de día, ocio,… Facilitará el acceso a la información y
Garantizarán la confidencialidad de la Facilitarán la información y compren- conocimientos necesarios para lograr que
información en el ejercicio de nuestro sión de cada persona acerca de los siste- la persona decida acerca de otorgar o no
trabajo, con normas explícitas en los mas de apoyos y otras actuaciones su consentimiento a aspectos que lo
reglamentos de régimen interno e infor- (incluidas reclamaciones y denuncias) que requieran. En el caso de que la persona
mando siempre a la propia persona o a la se propongan para conseguir la mejora no presente la capacidad necesaria para
familia previamente del uso que pudiera en su calidad de vida, de modo que dicha este fin, la familia habrá de actuar en cohe-
hacerse de las mismas (investigaciones, persona exprese o no su consentimiento rencia con los intereses, deseos y necesi-
publicaciones…). El secreto institucional informado tras conocer los objetivos de dades de la persona a la que representan.
tiene carácter externo y corresponde la acción, los posibles riesgos, las alterna-
gestionarlo a la organización de modo tivas si las hubiera y cualquier otro asun- En ningún caso fomentará o utilizará
que no lesione derechos y oportunidades to que sea considerado relevante. Cuan- con relación a la persona con discapacidad
de mejora en la calidad de vida. do la persona no presente la capacidad modos o lenguaje que lesione su dignidad
LOS PROFESIONALES han de ejecu- de comprensión necesaria para este fin, y autoestima. Se han de tener siempre en
tar prácticas y estrategias que favorezcan el profesional buscará la autorización de cuenta los derechos de la persona aunque
y fomenten la capacidad de elección, de personas cualificadas que habrán de pueda no saberse defender eficazmente.
toma de decisiones, de establecimiento actuar en coherencia con los intereses,
de planes y metas personales, de auto- deseos y necesidades de la persona a la Fomentará permanentemente una
nomía y, en general, de cualquier otro que representan. En todo caso el profe- apariencia física respetuosa con los dese-
sional debería hacer un ejercicio de os y opiniones de la persona.
empatía constante, poniéndose en el
Velará por un uso digno y respetuoso
de la utilización de la imagen de la perso-
na cuando ésta no pueda expresar su
consentimiento o defender sus derechos.

Garantizarán en el ámbito familiar el
derecho de la persona a la intimidad.

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