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DERECHOS DE LOS USUARIOS que se produzcan muertes o incapa-
cidades evitables.
La Ley General de Sanidad establece en su artículo 10 los derechos
de los ciudadanos respecto a las diferentes administraciones públicas En este sentido Carmen Flores
y sanitarias, exigibles en todo momento. ADEPA facilita en su Manual explica que “la asociación no preten-
de ir contra nada ni contra nadie” de
Práctico del Paciente esta información entre otras. manera que los fines de esta entidad
se basan en ayudar a los usuarios de
■ Al respeto a su personalidad, dignidad tor principal con el equipo asistencial, y en la sanidad en la defensa de sus dere-
humana e intimidad sin que pueda ser cuya ausencia, otro facultativo asumirá su chos ante situaciones en las que se
discriminado por razones de raza, de tipo responsabilidad. vulneren estos derechos y que se pue-
social, de sexo, moral ,económico, ideoló- ■ A que se le extienda un certificado acredi- dan derivar de acciones producidas en
gico, político o sindical. tativo de su estado de salud; cuando su el área sanitaria. Para ello la presi-
exigencia se establezca por disposición denta de ADEPA destaca que hasta
■ A la información de los servicios sanitarios legal o reglamentaria. ahora “luchar y denunciar muchísimo
a los que puede acceder y sobre los requi- ■ A negarse al tratamiento, excepto en los es la única vía para solucionar los
sitos necesarios para su uso. casos señalados en el apartado sexto, casos en los que se vulneran los dere-
debiendo para ello solicitar el alta volunta- chos de los pacientes”.
■ A la confidencialidad de toda información ria, en los términos que se señalan en la
relacionada con su caso y con su estancia propia Ley. Desde la asociación se exige res-
en instituciones públicas o privadas que ■ A participar a través de la instituciones ponsabilidad en los profesionales
colaboren con el sistema público. comunitarias, en los términos estableci- sanitarios “porque, como explica
dos en esta Ley y en las disposiciones que Carmen Flores, cuando nos ponemos
■ A ser advertidos si los procedimientos de la desarrollen. en manos de un médico nos pone-
diagnostico y terapéuticos que se apli- ■ A que quede constancia por escrito de todo mos en manos de un profesional no
quen pueden ser utilizados en función del su proceso, al finalizar su estancia en una de cualquier cosa. Lo que puede
proyecto docente o de investigación, que institución hospitalaria. El paciente, el hacer un médico no lo puede hacer
en ningún caso podrá comportar peligro familiar o la persona allegada podrán cualquiera”.
adicional para su salud. En todo caso será recibir el informe del alta.
imprescindible la previa autorización por ■ A utilizar la vías de reclamación y de suge- Por otro lado para la presidenta de
escrito y de la aceptación por parte del rencias en los plazos que reglamentaria- ADEPA las Administraciones pueden
médico y de la dirección del correspon- mente se establezcan. hacer más para evitar y reducir los
diente centro sanitario. ■ A elegir médico y los demás sanitarios casos de negligencia y mala praxis, y
titulados de acuerdo con las condiciones subraya que “la administración no
■ A que se le dé en términos comprensibles, a contempladas por esta Ley, en las disposi- puede ni debe ocultar o amparar erro-
él o a sus familiares o allegados, informa- ciones que dicten para su desarrollo y en res o negligencias médicas, si la pro-
ción completa y continuada, verbal y escrita las que regulen el trabajo sanitario en los pia administración fuera la que san-
sobre su proceso e incluyendo pronóstico, Centros de Salud. cionara estas actuaciones no sería
diagnóstico y alternativas de tratamiento. ■ A obtener medicamentos y productos sanita- necesario acudir a un tribunal, salvo
rios que se consideren necesarios para pro- en casos gravísimos, y no denunciarí-
■ A la libre elección de las opciones que le pre- mover, conservar o restablecer la salud, en amos”. Flores lamenta que se acuse a
sente el responsable de su caso, siendo preci- los términos que reglamentariamente se la asociación de querer judicializar los
so el previo consentimiento escrito del usuario establezcan por la Administración del Estado. actos médicos y argumenta que ADE-
para la realización de cualquier intervención; PA realiza denuncias porque “quere-
excepto cuando la “no intervención suponga Respetando el peculiar régimen económico de mos que se exija una responsabilidad
un riesgo para la salud pública, cuando no se cada servicio sanitario los derechos contempla- ante lo que se hace. Esta exigencia de
esté capacitado para tomar decisiones de dos en los apartados 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9 y 11 de responsabilidades ante las acciones
modo que el consentimiento corresponderá a este artículo serán ejercidos también con res- médicas y sanitarias sería muy impor-
sus familiares o personas allegadas a él, pecto a los centros de servicios privados.
cuando la urgencia no permita demora por Sesenta y más 25
poderse ocasionar lesiones irreversibles o exis-
tir peligro de fallecimiento.
■ A que se le asigne un médico, cuyo nombre
se le dará a conocer y que será su interlocu-
cidades evitables.
La Ley General de Sanidad establece en su artículo 10 los derechos
de los ciudadanos respecto a las diferentes administraciones públicas En este sentido Carmen Flores
y sanitarias, exigibles en todo momento. ADEPA facilita en su Manual explica que “la asociación no preten-
de ir contra nada ni contra nadie” de
Práctico del Paciente esta información entre otras. manera que los fines de esta entidad
se basan en ayudar a los usuarios de
■ Al respeto a su personalidad, dignidad tor principal con el equipo asistencial, y en la sanidad en la defensa de sus dere-
humana e intimidad sin que pueda ser cuya ausencia, otro facultativo asumirá su chos ante situaciones en las que se
discriminado por razones de raza, de tipo responsabilidad. vulneren estos derechos y que se pue-
social, de sexo, moral ,económico, ideoló- ■ A que se le extienda un certificado acredi- dan derivar de acciones producidas en
gico, político o sindical. tativo de su estado de salud; cuando su el área sanitaria. Para ello la presi-
exigencia se establezca por disposición denta de ADEPA destaca que hasta
■ A la información de los servicios sanitarios legal o reglamentaria. ahora “luchar y denunciar muchísimo
a los que puede acceder y sobre los requi- ■ A negarse al tratamiento, excepto en los es la única vía para solucionar los
sitos necesarios para su uso. casos señalados en el apartado sexto, casos en los que se vulneran los dere-
debiendo para ello solicitar el alta volunta- chos de los pacientes”.
■ A la confidencialidad de toda información ria, en los términos que se señalan en la
relacionada con su caso y con su estancia propia Ley. Desde la asociación se exige res-
en instituciones públicas o privadas que ■ A participar a través de la instituciones ponsabilidad en los profesionales
colaboren con el sistema público. comunitarias, en los términos estableci- sanitarios “porque, como explica
dos en esta Ley y en las disposiciones que Carmen Flores, cuando nos ponemos
■ A ser advertidos si los procedimientos de la desarrollen. en manos de un médico nos pone-
diagnostico y terapéuticos que se apli- ■ A que quede constancia por escrito de todo mos en manos de un profesional no
quen pueden ser utilizados en función del su proceso, al finalizar su estancia en una de cualquier cosa. Lo que puede
proyecto docente o de investigación, que institución hospitalaria. El paciente, el hacer un médico no lo puede hacer
en ningún caso podrá comportar peligro familiar o la persona allegada podrán cualquiera”.
adicional para su salud. En todo caso será recibir el informe del alta.
imprescindible la previa autorización por ■ A utilizar la vías de reclamación y de suge- Por otro lado para la presidenta de
escrito y de la aceptación por parte del rencias en los plazos que reglamentaria- ADEPA las Administraciones pueden
médico y de la dirección del correspon- mente se establezcan. hacer más para evitar y reducir los
diente centro sanitario. ■ A elegir médico y los demás sanitarios casos de negligencia y mala praxis, y
titulados de acuerdo con las condiciones subraya que “la administración no
■ A que se le dé en términos comprensibles, a contempladas por esta Ley, en las disposi- puede ni debe ocultar o amparar erro-
él o a sus familiares o allegados, informa- ciones que dicten para su desarrollo y en res o negligencias médicas, si la pro-
ción completa y continuada, verbal y escrita las que regulen el trabajo sanitario en los pia administración fuera la que san-
sobre su proceso e incluyendo pronóstico, Centros de Salud. cionara estas actuaciones no sería
diagnóstico y alternativas de tratamiento. ■ A obtener medicamentos y productos sanita- necesario acudir a un tribunal, salvo
rios que se consideren necesarios para pro- en casos gravísimos, y no denunciarí-
■ A la libre elección de las opciones que le pre- mover, conservar o restablecer la salud, en amos”. Flores lamenta que se acuse a
sente el responsable de su caso, siendo preci- los términos que reglamentariamente se la asociación de querer judicializar los
so el previo consentimiento escrito del usuario establezcan por la Administración del Estado. actos médicos y argumenta que ADE-
para la realización de cualquier intervención; PA realiza denuncias porque “quere-
excepto cuando la “no intervención suponga Respetando el peculiar régimen económico de mos que se exija una responsabilidad
un riesgo para la salud pública, cuando no se cada servicio sanitario los derechos contempla- ante lo que se hace. Esta exigencia de
esté capacitado para tomar decisiones de dos en los apartados 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9 y 11 de responsabilidades ante las acciones
modo que el consentimiento corresponderá a este artículo serán ejercidos también con res- médicas y sanitarias sería muy impor-
sus familiares o personas allegadas a él, pecto a los centros de servicios privados.
cuando la urgencia no permita demora por Sesenta y más 25
poderse ocasionar lesiones irreversibles o exis-
tir peligro de fallecimiento.
■ A que se le asigne un médico, cuyo nombre
se le dará a conocer y que será su interlocu-