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OBSERVATORIODE
LADISCAPACIDAD

Se deberá garantizar la correcta infor- vigor del real decreto,o cuya compra se haya cuentren en capital de provincia: se adapta-
mación a las personas con discapacidad formalizado antes de doce meses desde la rán en un plazo no superior a ocho años
mediante la información básica visual y entrada en vigor, en el que se realicen modi- desde entrada en vigor siempre que las ac-
acústica ante variaciones de última hora, in- ficaciones de un costo que supere el 30% de tuaciones de adaptación sean proporciona-
cidencias o situaciones de emergencia. su valor inicial más su amortización acumula- das. No obstante, las actuaciones que afec-
da, se introducirán las reformas que sean tan a los andenes, salvo alguna de menor
Las ampliaciones,reformas u otras modi- precisas para dotarlos de las condiciones bá- entidad, sólo afectarán a los de nueva cons-
ficaciones que se realicen en instalaciones sicas de accesibilidad y no discriminación. trucción.
portuarias, estaciones marítimas, aeropor-
tuarias, y ferroviarias existentes antes de la MEDIDAS DE ADAPTACIÓN Con tráfico de viajeros menor o igual a
entrada en vigor de este real decreto, cuyo PARA LOS TRANSPORTISTAS 1000 y superior a 750 viajeros/día de me-
coste suponga un incremento mayor del AÉREOS dia anual: se adaptarán en un plazo no su-
50% del valor de reposición,deberán incluir perior a trece años desde entrada en vigor
en el proyecto de ejecución las reformas Los transportistas aéreos deberán asu- siempre que las actuaciones de adaptación
precisas para dotarlas de las condiciones mir los siguientes tipos de medidas: sean proporcionadas.
básicas de accesibilidad y no discriminación.
● Medidas de ayuda a la adquisición de Nuevas estaciones o ya existentes que se
MEDIDAS PARA LA billetes y obtención de información sometan a actuaciones de transformación
ADAPTACIÓN DEL ACCESO AL general a las personas con discapaci- estructural (ampliaciones, reformas u otras
MEDIO DE TRANSPORTE dad que lo soliciten sobre las condi- modificaciones cuyo coste suponga un in-
ciones de accesibilidad de los aero- cremento mayor del 50% del valor de repo-
La nueva norma impone que el acceso puertos de destino en el extranjero, y sición), con independencia del número de
desde la infraestructura (estación de ferro- sobre los vuelos. viajeros: se adaptarán en un plazo no supe-
carril, marítima, o terminal aeroportuaria) rior a dos años desde entrada en vigor. De-
al medio de transporte (ferrocarril, buque ● Otras medidas de asistencia a las per- ben cumplir las especificaciones que les afec-
o aeronave) se realizará en condiciones de sonas con discapacidad como en rela- ten de acuerdo con el volumen de viajeros.
seguridad y dignidad. ción con la información relativa al via-
je tanto en el aeropuerto como en la Material rodante:
MEDIDAS PARA LA aeronave. En el caso de material nuevo cuya compra
ADAPTACIÓN DEL MATERIAL se formalice con posterioridad a doce meses
MÓVIL PLAZOS DE ADAPTACIÓN DE desde la entrada en vigor, desde esa fecha.
LA NORMA El material rodante que ya está en servi-
Se deberán adaptar el material móvil en cio o cuya compra se formalice antes de
lo que respecta a asientos y reserva de pla- En líneas generales, para los nuevos ser- doce meses desde la entrada en vigor, en
zas; puertas de acceso e interiores del tren, vicios,materiales o infraestructuras se esta- un plazo máximo de trece años desde la
o buque; aseos; pasillos de circulación inte- blece un plazo máximo de adaptación de entrada en vigor del real decreto, siempre
rior; información al viajero; medidas de se- dos años desde la entrada en vigor del Real que las actuaciones para la adaptación re-
guridad y aquellas relativas a situaciones de Decreto.Y para los servicios, materiales o sulten proporcionadas.
emergencia; formación de tripulaciones, infraestructuras ya existentes se establece Transporte Marítimo
entre otras. un plazo máximo de cinco años desde la Estaciones:
entrada en vigor. Las estaciones ya existentes dispondrán
En el ámbito marítimo, las empresas ti- de un plazo máximo de cuatro años desde
tulares de líneas de pasaje deberán dotar, al A continuación, se detallan algunos de la entrada en vigor del decreto.
menos, de un barco accesible a las perso- los plazos de adaptación por modos de
nas con discapacidad, en cada línea regular transporte:
de viajeros, en cada día de servicio y en
cada sentido de la derrota. Transporte Ferroviario
Estaciones:
El material móvil que se encuentre en ser- Con tráfico de viajeros superior a 1000
vicio, a excepción del aéreo, a la entrada en viajeros/día de media anual o que se en-

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