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OBSERVATORIO DE LA DISCAPACIDAD

FUNDAMENTA- gración social de

CIÓN JURÍDICA los ciudadanos con

DE UNA LEY discapacidad “para

QUE REGULE el disfrute de los

EL SISTEMA derechos que éste

NACIONAL DE título otorga a

DEPENDENCIA todos los ciudada-

nos”, y el artículo

El Libro Blanco 50 insta a los pode-

propone que la pro- res públicos a

tección de la depen- garantizar “median-

dencia se regule a tra- te pensiones ade-

vés de una ley en la cuadas y periódica-

que se garanticen mente actualizadas,

prestaciones y servi- la suficiencia eco-

cios de ámbito estatal nómica a los ciuda-

y en las mismas condi- danos durante la

ciones para todos los tercera edad. Asi-

ciudadanos en situa- mismo, y con inde-

ción de dependencia. pendencia de las

La futura norma esta- obligaciones familia-

blecerá el derecho a la res, promoverán su

protección social de la bienestar mediante

dependencia y con- un sistema de servi-

cretará las prestacio- cios sociales que

nes que lo hacen efec- atenderán sus pro-
tivo, determinando el La cuantía de la prestación de dependencia debe estar en función de la capacidad finan- blemas específicos

sujeto del derecho (la ciera del Sistema y, en la medida de lo posible, relacionada con los costes de los servicios de salud, vivienda,
persona dependiente, que necesite la persona dependiente cultura y ocio”.

el cuidador y/o su El Estado tiene

familia, en su caso) y los órganos responsa- de los grupos en que se integran sean rea- atribuida una función niveladora básica o

bles de reconocer el derecho y de hacerlo les y efectivas; remover los obstáculos que esencial, esto es, garantizadora de presta-

efectivo. Asimismo, según reparto compe- impidan o dificulten su plenitud y facilitar la ciones básicas en materias tales como las

tencial constitucional y estatutario, deberá participación de todos los ciudadanos en la de los derechos contemplados en los

señalar las funciones que corresponden al vida política, económica, cultural y social”. artículos 39 (familia), 41 (seguridad

Estado, a las Comunidades Autónomas y, en El artículo 49 obliga a los poderes social), 48 (juventud), 49 (disminuidos físi-

su caso, a las Corporaciones Locales y, con- públicos a realizar una política de inte- cos, sensoriales y psíquicos) y 50 (tercera

secuentemente, las responsabilidades en la

financiación de cada prestación y de las SERVICIOS NECESARIOS • Servicio de autonomía personal
demás actuaciones que puedan establecer- • Atención residencial, permanente o
se.También habrán de determinarse, en su El Libro Blanco enumera los servicios
caso, las obligaciones de la persona depen- que se consideran necesarios para una temporal
diente y de sus familiares, y se deberá regu- adecuada atención de la dependencia.
lar el reconocimiento, declaración y califica- - Residencia Asistida
ción del grado de dependencia, así como la • Teleasistencia - Centros de Atención Dependien-
determinación del procedimiento y de la • Servicios de ayuda a domicilio
atribución de las facultades para resolver. tes Psíquicos
- De atención de las necesidades - Centros de Atención Dependien-
Según el Libro Blanco, existe fundamen- del hogar
tación jurídica suficiente en la Constitución tes Físicos
para regular esta materia, y el Estado tiene - De cuidados personales
títulos competenciales para ello. En con- - Programas de apoyo a familias • Ayudas Técnicas
creto, el artículo 9.2 de la Constitución • Ayudas para la adaptación y accesibi-
establece que “corresponde a los poderes cuidadoras
públicos promover las condiciones para lidad del hogar
que la libertad y la igualdad del individuo y • Atención en Centros de Día
La determinación del servicio más ade-
- Centros de Día para mayores cuada en cada caso debe corresponder
- Centros de Noche a los equipos de valoración, las propias
- Centro de Atención Diurna para personas dependientes y sus familias.

menores de 65 años

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