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EL SISTEMA PARA El Sistema para la Autonomía
y Atención a la Dependencia
garantiza las condiciones
LA AUTONOMÍA básicas y el contenido
común a que se refiere la
Y ATENCIÓN A Ley; sirve de cauce para la
colaboración y participación
LA DEPENDENCIA de las Administraciones
Públicas, y contribuye a la
mejora de las condiciones
de vida de los ciudadanos.
l Sistema se configura
como una red de utili-
zación pública que
integra, de forma coor-
dinada, centros y servi-
cios, públicos y priva-
dos. La integración en
Eel Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependen-
cia de los centros y servicios no supon-
drá alteración alguna en el régimen
jurídico de su titularidad, administra-
ción, gestión y dependencia orgánica.
NIVEL DE PROTECCIÓN DEL SISTEMA
La protección de la situación de
dependencia por parte del Sistema se
prestará de acuerdo con los siguientes
niveles:
– El nivel de protección mínimo
establecido por la Administración
General del Estado.
– El nivel de protección que se
acuerde entre la Administración Gene-
ral del Estado y la Administración de
cada una de las Comunidades Autóno-
mas a través de los Convenios previstos.
– El nivel adicional de protección
que pueda establecer cada Comuni-
dad Autónoma.
CONSEJO TERRITORIAL DEL SISTEMA
PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN
A LA DEPENDENCIA
Se crea el Consejo Terri-
torial del Sistema para la
Sesenta ymás 23