Page 5 - 113
P. 5
UN PASO HACIA LA DESEADA Y NECESARIA LEY ESTATAL
DE ATENCIÓN TEMPRANA
Facilitar el acceso en condiciones de calidad implica manejar unos tiempos de
respuesta adecuados, no superiores a cuarenta y cinco días, desde la detección hasta el
acceso efectivo a centros/equipos y servicios de atención temprana, que eviten demoras
o listas de espera que supongan un perjuicio en el desarrollo del niño o la niña.
El plazo temporal para la implantación de estas medidas será 2030 coincidiendo
con la finalización del Plan de Acción Estatal para la Implementación de la Garantía
Infantil Europea (2022-2030). Este Plan se enmarca dentro de la Estrategia de la Unión EDITORIAL
Europea sobre los Derechos de la Infancia.
Dado que es una etapa crucial y crítica y es cuando se sientan las bases del
desarrollo infantil a nivel físico, cognitivo, emocional y social. Este período es clave,
señala la evidencia científica, para garantizar un desarrollo infantil saludable que
prevenga situaciones agravadas de discapacidad o de dependencia. No contar con un
sistema público de calidad, tiene consecuencias graves que pueden impactar en niños y
niñas con necesidad de atención temprana. Consecuencias como ver comprometidas sus
capacidades cognitivas y sociales, desarrollar problemas de salud y nutrición, tener
dificultades educativas, o ver limitadas sus oportunidades de incluirse plenamente en la
comunidad y de alcanzar su pleno potencial.
El acuerdo incluye también una dotación económica de casi 42 millones de euros
que el Ministerio de Derechos Sociales repartirá entre los gobiernos autonómicos con
cargo al Fondo Social Europeo Plus, con el objetivo de que todas las niñas y los niños
tengan un acceso adecuado a la atención temprana con independencia de su lugar de
residencia y de sus circunstancias familiares y sociales.
Y considerando que cerca del 80% de las enfermedades raras son genéticas y 2 de
cada 3 aparecen antes de los 2 años de vida, podemos afirmar que este cuerdo, con sus
medidas y estándares de calidad en las 9 líneas de actuación, hace de la atención
temprana un derecho subjetivo, universal, público y gratuito para todas las niñas y los
niños que va a beneficiar, no solo a los niños con enfermedades raras en los que
cualquier retraso en la detección o en la atención necesaria empeora el pronóstico, sino
también a sus familias y a los profesionales de los servicios sanitarios, sociales y
educativos comprometidos con la mejora de su calidad de vida a través de medidas que
aseguran la mejora continua en el ejercicio profesional.
Reunión de los ministerios de Sanidad y Derechos Sociales con los gobiernos
autonómicos en una conferencia multisectorial en la que han aprobado, por primera
vez, un acuerdo a nivel estatal encaminado a mejorar la atención temprana
Newsletter Creer Nº 113 / 5

