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AÑO XVIII - NÚMERO 322 / 2013









                                            de las más importantes priorida-   talecer y consolidar el Estado del
                                            des sociales, dado que contribuye   bienestar, renovando su conteni-
                                            a optimizar la utilización de los re-  do, reorganizando su gestión y
                                            cursos sanitarios y de los servicios   asentando sobre bases sólidas su
                                            sociales,  y permite  ofrecer  a  las   sostenibilidad.
                                            personas que padecen  patologías
                                            de larga duración y que requieren   •  Para promover políticas eficaces
                                            otros cuidados y apoyo personal y   y medidas normativas adecuadas
                                            familiar, una respuesta eficaz para   en el ámbito sociosanitario, es
                                            mejorar su calidad de vida.        necesario un abordaje a medio y
                                                                               largo plazo, dado el  incremento
                                          •  Aunque este tipo de enfermeda-    de  las personas de mayor  edad
                                            des que requieren cuidados de      (un 36% de la población hacia el
                                            larga duración suelen vincularse   2050), la diversidad de patologías
                                            a edades avanzadas, sin embar-     concomitantes y la evolución de
                                            go, puede ser necesario contar     las mismas.
                                            con atención sociosanitaria des-
                                            de edades tempranas, bien por    •  Es necesario una mayor sensibi-
                                            razón  de  accidentes  sobreveni-  lidad social hacia la atención so-
                                            dos o por la presencia del factor   ciosanitaria, similar a la que ya
                                            cronicidad.                        se ha conseguido en materia de
         “Los derechos no son de los territo-                                  pensiones. Prever con tiempo las
        rios, son de los ciudadanos” fue una   •  Los destinatarios de la atención   situaciones de dependencia y de
        de las conclusiones allí vertidas y que   sociosanitaria deben contar con   enfermedades crónicas no es solo
        más nivel de aceptación conciliaron   un código de identificación única,   una cuestión que concierna a los
        del encuentro, así como que hay que   válido para los servicios sociales   poderes  públicos,  sino  que  tam-
        pasar de las normas organizativas   y para los servicios de salud, ya   bién entra en la responsabilidad
        actuales a los derechos reales. Urge,   que solo así se podrá ofrecer una   personal de los ciudadanos.
        por tanto y tras largos años de deba-  asistencia integrada y continua-
        tes y proyectos (casi tres décadas),   da y gestionar su caso de manera   • Aunque en el artículo 50 de la
        plasmar de una vez por todas la aten-  personalizada.                  Constitución Española ya hay
        ción sociosanitaria como un derecho                                    algunos elementos sobre los que
        real más del ciudadano, sin continuar   •  La historia clínica digital debería   construir la coordinación de los
        dejando que los acontecimientos y   completarse con información de     servicios sociales y sanitarios a
        la realidad continúen yendo por de-  los servicios sociales, tal y como   favor de las personas mayores,
        lante, con la consiguiente decepción   ya se está haciendo en algunas   lo cierto es que han transcurri-
        popular creciente por su causa.     comunidades autónomas.             do más de tres décadas sin que
                                                                               se  haya  regulado  esta  materia
        Conclusiones                      •  La gestión de casos debería ha-   con suficiente perspectiva y vi-
                                            cerse a través de equipos multi-   sión de futuro. Desde entonces
        De las muchas conclusiones alcanza-  disciplinares, con un papel desta-  se han sucedido varios intentos
        das a lo largo y ancho del encuentro,   cado a cargo de los enfermeros.  fallidos (Real Decreto de 20 de
        las más importantes fueron estas:                                      enero de 1995, Real Decreto
                                          •  La coordinación sociosanitaria    de 15 de septiembre de 2006),
        •  La coordinación sociosanitaria   debe  ser  entendida  como  una  de   que pudieron y debieron ser en
          constituye, en este momento, una   las tareas fundamentales para for-  su día instrumentos jurídicos


                                                                                               Más a fondo  33
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