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AÑO XVIII - NÚMERO 322 / 2013
de las más importantes priorida- talecer y consolidar el Estado del
des sociales, dado que contribuye bienestar, renovando su conteni-
a optimizar la utilización de los re- do, reorganizando su gestión y
cursos sanitarios y de los servicios asentando sobre bases sólidas su
sociales, y permite ofrecer a las sostenibilidad.
personas que padecen patologías
de larga duración y que requieren • Para promover políticas eficaces
otros cuidados y apoyo personal y y medidas normativas adecuadas
familiar, una respuesta eficaz para en el ámbito sociosanitario, es
mejorar su calidad de vida. necesario un abordaje a medio y
largo plazo, dado el incremento
• Aunque este tipo de enfermeda- de las personas de mayor edad
des que requieren cuidados de (un 36% de la población hacia el
larga duración suelen vincularse 2050), la diversidad de patologías
a edades avanzadas, sin embar- concomitantes y la evolución de
go, puede ser necesario contar las mismas.
con atención sociosanitaria des-
de edades tempranas, bien por • Es necesario una mayor sensibi-
razón de accidentes sobreveni- lidad social hacia la atención so-
dos o por la presencia del factor ciosanitaria, similar a la que ya
cronicidad. se ha conseguido en materia de
“Los derechos no son de los territo- pensiones. Prever con tiempo las
rios, son de los ciudadanos” fue una • Los destinatarios de la atención situaciones de dependencia y de
de las conclusiones allí vertidas y que sociosanitaria deben contar con enfermedades crónicas no es solo
más nivel de aceptación conciliaron un código de identificación única, una cuestión que concierna a los
del encuentro, así como que hay que válido para los servicios sociales poderes públicos, sino que tam-
pasar de las normas organizativas y para los servicios de salud, ya bién entra en la responsabilidad
actuales a los derechos reales. Urge, que solo así se podrá ofrecer una personal de los ciudadanos.
por tanto y tras largos años de deba- asistencia integrada y continua-
tes y proyectos (casi tres décadas), da y gestionar su caso de manera • Aunque en el artículo 50 de la
plasmar de una vez por todas la aten- personalizada. Constitución Española ya hay
ción sociosanitaria como un derecho algunos elementos sobre los que
real más del ciudadano, sin continuar • La historia clínica digital debería construir la coordinación de los
dejando que los acontecimientos y completarse con información de servicios sociales y sanitarios a
la realidad continúen yendo por de- los servicios sociales, tal y como favor de las personas mayores,
lante, con la consiguiente decepción ya se está haciendo en algunas lo cierto es que han transcurri-
popular creciente por su causa. comunidades autónomas. do más de tres décadas sin que
se haya regulado esta materia
Conclusiones • La gestión de casos debería ha- con suficiente perspectiva y vi-
cerse a través de equipos multi- sión de futuro. Desde entonces
De las muchas conclusiones alcanza- disciplinares, con un papel desta- se han sucedido varios intentos
das a lo largo y ancho del encuentro, cado a cargo de los enfermeros. fallidos (Real Decreto de 20 de
las más importantes fueron estas: enero de 1995, Real Decreto
• La coordinación sociosanitaria de 15 de septiembre de 2006),
• La coordinación sociosanitaria debe ser entendida como una de que pudieron y debieron ser en
constituye, en este momento, una las tareas fundamentales para for- su día instrumentos jurídicos
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