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| A FONDO




        Asegurar la protección
        de la dignidad de las
        personas enfermas que
        se encuentran en fase
        terminal o de agonía
        y garantizar el pleno
        respeto de su libre
        voluntad en la toma
        de decisiones sanitarias
        que afecten a dicho
        proceso, ya sea en
        el ámbito asistencial

        público o privado,
        son los objetivos
        fundamentales de
        esta norma.



         nes, la confidencialidad, segu-  Para hacer efectiva la aplicación de esta Ley, se prevé que los comités de ética
         ridad e integridad de los datos   asistencial en los centros sanitarios acuerden protocolos de actuación.
         inscritos en dichos registros.
                                          1.   A la persona designada como   en la historia clínica. Para deter-
        •  En el ámbito de los cuidados pa-  representante en las instruc-   minar la situación de incapacidad
         liativos, estas administraciones    ciones previas.                 de hecho se evaluarán, entre otros
         garantizarán la promoción de                                        factores que se estimen clínicamen-
         iniciativas formativas de calidad   2.   A quien ostente su representa-  te convenientes, los siguientes:
         para profesionales  y el derecho    ción legal.
         de éstos y de los ciudadanos a                                      a)   Si tiene dificultades para com-
         recibir información sobre los    3.   Al cónyuge o persona vincu-      prender la información que se
         mismos.                             lada por análoga relación  de      le suministra.
                                             afectividad.
        •  Para hacer efectiva la aplica-                                    b)   Si retiene defectuosamente
         ción de estas obligaciones, la   4.   A los parientes de grado más     dicha información durante el
         ley prevé, además, que los co-      próximo y, dentro del mismo        proceso de toma de decisiones.
         mités de ética asistencial exis-    grado, al de mayor edad.
         tentes en los centros sanitarios                                    c)   Si no utiliza la información de
         puedan acordar protocolos de     Las situaciones de incapacidad       forma lógica durante el proce-
         actuación.                       no serán obstáculo para que los      so de toma de decisiones.
                                          pacientes sean informados y par-
        Pacientes en situación de         ticipen en el proceso de toma de   d)   Si falla en la apreciación de las
        incapacidad                       decisiones.                           posibles consecuencias de las
                                                                                diferentes alternativas.
        Cuando la persona que se halle    El médico responsable es quien
        bajo atención médica esté en si-  debe valorar si la persona que se   e)   Si no logra tomar finalmente
        tuación de incapacidad de hecho,   halla bajo atención médica pudiera   una decisión o comunicarla.
        tanto la recepción de la informa-  encontrarse en una situación de in-
        ción asistencial como la presta-  capacidad de hecho que le impida   Para la valoración de estos cri-
        ción del consentimiento corres-   decidir por sí misma. Tal valora-  terios se podrá contar con la
        ponderán, por este orden:         ción debe constar adecuadamente    opinión de otros profesionales

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