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                  A Fondo HACIA UN SISTEMA NACIONAL DE DEPENDENCIA (II)



                     En régimen de cooperación entre
                  el Estado y las Comunidades Autóno-
                  mas, a través de la Conferencia Sec-
                  torial, debería procederse al estudio y
                  aprobación de la cartera de servicios,
                  de los estándares de calidad y los cri-
                  terios de acreditación de centros y
                  servicios, así como al impulso de la
                  formación de los profesionales.
                     A las Comunidades Autónomas les
                  correspondería realizar la valoración
                  de la dependencia y reconocer el
                  derecho a la prestación de dependen-
                  cia, en los términos que determine la
                  ley, así como garantizar que, en el
                  ámbito de su territorio, se pongan a
                  disposición de los ciudadanos los ser-
                  vicios y centros necesarios para que
                  las personas con dependencia sean
                  atendidas adecuadamente.
                     A las Corporaciones Locales, y
                  especialmente a aquellas que cuen-
                  tan con una población suficiente para
                  gestionar por sí mismas algunos de
                  los servicios de atención de la depen-
                  dencia, les correspondería gestionar
                  los servicios que, por su naturaleza y
                  proximidad deben ser prestados por
                  los órganos locales. También habrían
                  de facilitar la creación de nuevos ser-
                  vicios y centros, habilitando suelo
                  dotacional y agilizando trámites.
                     El Libro Blanco señala la impor-
                  tancia de la colaboración y la coordi-
                  nación entre las Administraciones
                  para que las personas con dependen-
                  cia reciban la mejor atención posible.

                  LA RED DE SERVICIOS DE LA
                  DEPENDENCIA Y SUS PROVEEDORES
                                                         reúnen los requisitos establecidos.   requisitos básicos que deben reunir
                    Para la configuración de la red      La competencia para acreditar los     los centros y servicios que constitu-
                  debe exigirse la acreditación de cada  centros y servicios correspondería a  yan la red, la regulación del contra-
                  uno de los centros o servicios, tanto  las Comunidades Autónomas, que        to de prestación de servicios que se
                  públicos como dependientes de la       deberían, asimismo, establecer un     financie con la prestación de
                  iniciativa privada con y sin ánimo de  registro público de los operadores    dependencia, así como la capaci-
                  lucro, que están destinados a la       acreditados.                          dad de las Administraciones Públi-
                  atención de las personas con depen-      El Libro Blanco considera que       cas para la inspección y control de
                  dencia, una vez comprobado que         que deben establecerse por ley los    los centros y servicios.



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