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Entrevista MANUEL JIMÉNEZ DE PARGA
re quedarse atrás como se quedaron, Que por otra parte, a veces están insu- papel forzosamente pasivo. Por otro
vista la presente realidad social, los ficientemente preparadas para este lado, contemplo con preocupación la
autores de la Constitución de 1978. cambio, aunque muchas de las políti- injusticia de que muchas personas ter-
Hay que cambiar el enfoque del cas de lo que habitualmente engloba- minen su vida viviendo en una difícil
momento constituyente. En 1978 se mos en el llamado “estado del bienes- soledad. Me han impresionado los
concentraba la atención en las edades tar” ya contemplan la existencia y sucesos de este pasado verano durante
inferiores. La Constitución menciona necesidades de este, cada día más el que, según hemos sabido, muchas
expresamente la protección de la juven- numeroso, grupo social personas mayores murieron en soledad
tud y de la infancia. Nada se dice de las Desde su ilustre posición, y si pudiera en Francia, nuestro país vecino ¡ Uno
personas mayores, conocidas entonces cambiar, socialmente, algo con respec- de los países con un amplio desarrollo
como “tercera edad”, en el capítulo to a los mayores, ¿qué cambiaría? del Estado del Bienestar! A esto me
dedicado a los derechos y libertades. refería al decir que los cambios tanto
Sólo se les menciona como un objetivo Creo que la visión que la sociedad en las expectativas de vida como en la
de la política social y económica. actual tiene del papel de los mayores forma en que ésta se desarrolla, espe-
¿Basta con esta tutela encomendada a está claramente deformado por un cul- cialmente en las ciudades, requieren
los poderes públicos y especialmente al to excesivo a la juventud que, junto a políticas que afronten estas nuevas
legislador? ¿No hay que reconocer, aca- los indudables valores de la misma, necesidades sociales.
so, un derecho fundamental en el texto tiene unas grandes y lógicas carencias Nos puede indicar o señalar alguna sen-
de la Constitución? que únicamente la edad y la experien- tencia relevante que promulgara este
cia puede subsanar. Nuestra sociedad Tribunal favoreciendo y dignificando a
El camino está iniciado. El artículo pierde un enorme capital de conoci- alguna persona/as mayores
10.1 de nuestra Constitución nos faci- miento relegando a los mayores a un
lita la labor: “La dignidad de la perso-
na, los derechos inviolables que le son
inherentes (...) son fundamento del
orden político y de la paz social”. Es
ahora una urgencia atender a los hom-
bres y mujeres de edad superior, y en
los años venideros lo será más.
¿Piensa que el papel o papeles que se les
ha asignado a los mayores son suficientes,
en un mundo cambiante como el actual?
La composición demográfica de la
sociedad ha cambiado radicalmente
en los últimos cincuenta años. La pro-
longación de la esperanza y de la cali-
dad de vida de los ciudadanos ha
generado una sociedad totalmente dis-
tinta a la que yo conocí en mi adoles-
cencia, cuando se consideraba que a
los cincuenta años una persona era ya
“mayor”. Esta nueva realidad permite
que los ciudadanos de lo que yo llamo
la “edad superior”, constituyan un ele-
mento relevante de la sociedad con
unas demandas y unos derechos nue-
vos que no siempre, e insisto en ello,
son atendidos debidamente por los
poderes y las instituciones públicas.
18 Sesenta y más
re quedarse atrás como se quedaron, Que por otra parte, a veces están insu- papel forzosamente pasivo. Por otro
vista la presente realidad social, los ficientemente preparadas para este lado, contemplo con preocupación la
autores de la Constitución de 1978. cambio, aunque muchas de las políti- injusticia de que muchas personas ter-
Hay que cambiar el enfoque del cas de lo que habitualmente engloba- minen su vida viviendo en una difícil
momento constituyente. En 1978 se mos en el llamado “estado del bienes- soledad. Me han impresionado los
concentraba la atención en las edades tar” ya contemplan la existencia y sucesos de este pasado verano durante
inferiores. La Constitución menciona necesidades de este, cada día más el que, según hemos sabido, muchas
expresamente la protección de la juven- numeroso, grupo social personas mayores murieron en soledad
tud y de la infancia. Nada se dice de las Desde su ilustre posición, y si pudiera en Francia, nuestro país vecino ¡ Uno
personas mayores, conocidas entonces cambiar, socialmente, algo con respec- de los países con un amplio desarrollo
como “tercera edad”, en el capítulo to a los mayores, ¿qué cambiaría? del Estado del Bienestar! A esto me
dedicado a los derechos y libertades. refería al decir que los cambios tanto
Sólo se les menciona como un objetivo Creo que la visión que la sociedad en las expectativas de vida como en la
de la política social y económica. actual tiene del papel de los mayores forma en que ésta se desarrolla, espe-
¿Basta con esta tutela encomendada a está claramente deformado por un cul- cialmente en las ciudades, requieren
los poderes públicos y especialmente al to excesivo a la juventud que, junto a políticas que afronten estas nuevas
legislador? ¿No hay que reconocer, aca- los indudables valores de la misma, necesidades sociales.
so, un derecho fundamental en el texto tiene unas grandes y lógicas carencias Nos puede indicar o señalar alguna sen-
de la Constitución? que únicamente la edad y la experien- tencia relevante que promulgara este
cia puede subsanar. Nuestra sociedad Tribunal favoreciendo y dignificando a
El camino está iniciado. El artículo pierde un enorme capital de conoci- alguna persona/as mayores
10.1 de nuestra Constitución nos faci- miento relegando a los mayores a un
lita la labor: “La dignidad de la perso-
na, los derechos inviolables que le son
inherentes (...) son fundamento del
orden político y de la paz social”. Es
ahora una urgencia atender a los hom-
bres y mujeres de edad superior, y en
los años venideros lo será más.
¿Piensa que el papel o papeles que se les
ha asignado a los mayores son suficientes,
en un mundo cambiante como el actual?
La composición demográfica de la
sociedad ha cambiado radicalmente
en los últimos cincuenta años. La pro-
longación de la esperanza y de la cali-
dad de vida de los ciudadanos ha
generado una sociedad totalmente dis-
tinta a la que yo conocí en mi adoles-
cencia, cuando se consideraba que a
los cincuenta años una persona era ya
“mayor”. Esta nueva realidad permite
que los ciudadanos de lo que yo llamo
la “edad superior”, constituyan un ele-
mento relevante de la sociedad con
unas demandas y unos derechos nue-
vos que no siempre, e insisto en ello,
son atendidos debidamente por los
poderes y las instituciones públicas.
18 Sesenta y más