Page 22 - 102
P. 22
Compromiso Imserso
Tatiana Alemán Selva, directora gerente del Ceapat
El Centro de Referencia de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas, Ceapat del
Imserso, se crea hace 33 años mediante la Orden Ministerial de 7 de abril de 1989.
Para dar servicio al conjunto del territorio nacional, en 1993 se crean delegaciones
del Ceapat en los CRMFs de Albacete (Castilla-La Mancha), Lardero (La Rioja),
Salamanca (Castilla y León), y San Fernando de Cádiz (Andalucía).
El Ceapat forma parte de la red de Centros de Referencia Estatal (CRE) del
Imserso, establecida mediante la Ley 39/2006, de promoción de la autonomía
personal y atención a las personas en situación de dependencia. Todas nuestras
acciones están alineadas con los objetivos estratégicos del Imserso, que son: 1)
cambio de modelo de cuidados y atención centrada en la persona, 2) autonomía y
desinstitucionalización, 3) accesibilidad, 4) investigación, innovación y difusión, y 5)
gestión medioambiental.
Nuestra misión como Ceapat es hacer efectivos los derechos de las personas mayores y personas con
discapacidad, a través de la promoción de la accesibilidad universal, los productos y tecnologías de apoyo y el
diseño pensado para todas las personas.
La accesibilidad universal “es la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y
servicios, así como los objetos, instrumentos, herramientas y dispositivos para ser comprensibles, utilizables y
practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y
natural posible. En la accesibilidad universal está incluida la accesibilidad cognitiva para permitir la fácil
comprensión, la comunicación e interacción a todas las personas. La accesibilidad cognitiva se despliega y hace
efectiva a través de la lectura fácil, sistemas alternativos y aumentativos de comunicación, pictogramas y otros
medios humanos y tecnológicos disponibles para tal fin. Presupone la estrategia de “diseño universal o diseño
1
para todas las personas”, y se entiende sin perjuicio de los ajustes razonables que deban adoptarse .
Concebimos la accesibilidad universal como “un derecho llave” y requisito imprescindible del entorno
físico, social, económico y cultural, de la salud, la educación, los transportes, la información y las comunicaciones,
para que todas las personas, especialmente aquellas con discapacidad, puedan gozar plenamente de todos los
derechos humanos y las libertades fundamentales, tal y como lo recoge la Convención de Derechos de las
Personas con Discapacidad, ratificada por España en 2008.
La accesibilidad universal, que incluye el uso de productos de apoyo, asegura la participación de la
persona en cualquier actividad, en igualdad de condiciones y con autonomía personal considerando la autonomía
como un concepto que no tiene que ver tanto con la acción sino con la decisión de cómo vivir la propia vida.
Desde este enfoque podemos referirnos a autonomía personal cuando la persona puede decidir y desarrollar un
proyecto de vida basado en su identidad personal y tener control sobre el mismo.
1
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con
discapacidad y de su inclusión social.
Newsletter Creer Nº 102 / 22