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FINES
 Promover y fomentar la investigación del síndrome con el fin de obtener una futura

curación de la enfermedad.
 Hallar medicamentos que reduzca los síntomas.
 Mejorar la calidad de vida de los afectados.
 Favorecer su integración social.
 Impulsar sus derechos para que reciban la atención médica sin ningún tipo de

discriminación.

ACTIVIDADES
La Fundación, para la consecución de sus fines, puede realizar las siguientes
actividades:
a) Dar a conocer el síndrome a los profesionales sanitarios (neurogenetistas,
neurólogos, Pediatras, Neuropediatras, Psicólogos, Psiquiatras, etc) mediante actividades
encaminadas a su divulgación como conferencias, seminarios, congresos, cursos de
formación, difusión en medios de comunicación y en soporte informático o en cualquier
otro medio disponible.
b) Promoción y desarrollo de iniciativas y proyectos para mejorar la calidad de vida
de los afectados que sufren discapacidad a causa de este síndrome a través de
programas de atención temprana, terapias psicológicas y ocupacionales, como de sus
familias a través de respiros familiares, convivencias o cualquier programa que impulse
otras actividades de ocio.
c) Participar y colaborar a través de convenios en programas de cooperación tanto
a nivel nacional como internacional y con otras entidades ya sean públicas o privadas que
tengan como fin la consecución de objetivos análogos.
d) Buscar la participación solidaria de empresas y entidades colaboradoras para
que contribuyan a los fines de la Fundación mediante cualquier tipo de actividad.
e) Cualesquiera otras actividades destinadas a los fines perseguidos por la
Fundación, de conformidad con la planificación que realice el Patronato.
f) además con el fin de obtener ingresos, la Fundación podrá realizar actividades
mercantiles cuyo objeto esté relacionado con lo fines fundacionales o sean
complementarias o accesorias a las anteriores con sometimiento a las normas reguladora
de la defensa de la competencia.

Newsletter CREER Nº 59 Mayo 2016 ~ 17 ~
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