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NOTICIAS / N A C I O N A L
Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros. Publicado el 21 de noviembre
Medidas de accesibilidad a la sociedad de la información
y a los medios de comunicación social
El Reglamento establece las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y
servicios relacionados con la Sociedad de la lnformación y medios de comunicación social.
MADRID / MINUSVAL
El Real Decreto 1494/2007
se basa en la idea de eli-
minar de raíz cualquier
barrera para las personas con
discapacidad, dado que éstas uti-
lizan intensamente las tecnologías,
sistemas, productos y servicios
relacionados con la comunica-
ción, incluso por encima de la
media española, y de que la uti-
lización de estos recursos tecno-
lógicos se vincula especialmente
a su calidad de vida e integración
en la sociedad.
ACCESIBILIDAD A SERVICIOS
DE TELECOMUNICACIONES
Se amplían las prestaciones del Los equipos y programas informáticos deberán ser accesibles para todos
servicio universal, a través de la terminales de telefonía móvil bles a las personas mayores y • Se regulan las condiciones de
adaptados a los diferentes tipos personas con discapacidad.
modificación de su reglamento de discapacidades. accesibilidad a la televisión digi-
• Previsión de que las normas tal. Las Administraciones Públi-
regulador. ACCESIBILIDAD A SERVICIOS cas adoptarán las medidas nece-
DE LA SOCIEDAD DE LA sobre accesibilidad de páginas sarias para garantizar la accesibi-
• Obligación de que la guía te- INFORMACIÓN de Internet y las condiciones lidad de las personas con discapa-
básicas de accesibilidad a equi- cidad a los servicios de televisión
lefónica "universal" sea accesi- • Se establecen los criterios de pos informáticos y a programas digital, así como una oferta sufi-
de ordenador sean aplicables a ciente de equipos receptores de
ble a través de Internet con la accesibilidad aplicables a las los servicios y dispositivos de dicha televisión que permitan
páginas de Internet de las forma electrónica. recibir sus contenidos de acuerdo
condiciones de accesibilidad Administraciones Públicas o con los principios de accesibili-
con financiación pública, pre- ACCESIBILIDAD A MEDIOS DE dad universal y diseño para todos.
previstas para las páginas Web viendo que dichas páginas se COMUNICACIÓN SOCIAL
adapten al nivel mínimo de • Se establecen las condiciones
de la Administración pública. accesibilidad que cumpla las • Se establecen las condiciones
prioridades 1 y 2 de la Norma básicas de accesibilidad a publi-
• Se amplían las obligaciones UNE 139803:2004. Su adap- básicas de accesibilidad a los cidad institucional en soporte
tación se llevará a cabo pro- contenidos de televisión audiovisual. Las campañas de
relativas a la adaptación de los gresivamente hasta el 31 de (audiovisuales) que serán acce- publicidad institucional que se
diciembre de 2008. sibles a todas las personas con difundan en este tipo de soporte
teléfonos públicos de pago. discapacidad mediante la incor- preverán en sus pliegos de cláu-
• Se establecen unas condicio- poración de subtitulación, sulas, los procedimientos de
• Se establece la obligación del audio-descripción e interpreta- acondicionamiento destinados a
nes básicas de accesibilidad a ción con lengua de signos, en permitir que los mensajes con-
operador designado para garan- los equipos informáticos y a los términos previstos específi- tenidos sean accesibles a todas
programas de ordenador, y se camente en la legislación gene- las personas con discapacidad y
tizar una oferta suficiente de prevé que deberán ser accesi- ral audiovisual. de edad avanzada.
terminales fijos adaptados a los
distintos tipos de discapacidad.
• Se impone a todos los opera-
dores la obligación de que los
sistemas de atención al cliente
permitan su acceso por perso-
nas con discapacidad.
• Se encomienda al Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales
la labor de promover la existen-
cia de una oferta suficiente de
48 MinusVal Octubre/Noviembre 2007
NOTICIAS / N A C I O N A L
Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros. Publicado el 21 de noviembre
Medidas de accesibilidad a la sociedad de la información
y a los medios de comunicación social
El Reglamento establece las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y
servicios relacionados con la Sociedad de la lnformación y medios de comunicación social.
MADRID / MINUSVAL
El Real Decreto 1494/2007
se basa en la idea de eli-
minar de raíz cualquier
barrera para las personas con
discapacidad, dado que éstas uti-
lizan intensamente las tecnologías,
sistemas, productos y servicios
relacionados con la comunica-
ción, incluso por encima de la
media española, y de que la uti-
lización de estos recursos tecno-
lógicos se vincula especialmente
a su calidad de vida e integración
en la sociedad.
ACCESIBILIDAD A SERVICIOS
DE TELECOMUNICACIONES
Se amplían las prestaciones del Los equipos y programas informáticos deberán ser accesibles para todos
servicio universal, a través de la terminales de telefonía móvil bles a las personas mayores y • Se regulan las condiciones de
adaptados a los diferentes tipos personas con discapacidad.
modificación de su reglamento de discapacidades. accesibilidad a la televisión digi-
• Previsión de que las normas tal. Las Administraciones Públi-
regulador. ACCESIBILIDAD A SERVICIOS cas adoptarán las medidas nece-
DE LA SOCIEDAD DE LA sobre accesibilidad de páginas sarias para garantizar la accesibi-
• Obligación de que la guía te- INFORMACIÓN de Internet y las condiciones lidad de las personas con discapa-
básicas de accesibilidad a equi- cidad a los servicios de televisión
lefónica "universal" sea accesi- • Se establecen los criterios de pos informáticos y a programas digital, así como una oferta sufi-
de ordenador sean aplicables a ciente de equipos receptores de
ble a través de Internet con la accesibilidad aplicables a las los servicios y dispositivos de dicha televisión que permitan
páginas de Internet de las forma electrónica. recibir sus contenidos de acuerdo
condiciones de accesibilidad Administraciones Públicas o con los principios de accesibili-
con financiación pública, pre- ACCESIBILIDAD A MEDIOS DE dad universal y diseño para todos.
previstas para las páginas Web viendo que dichas páginas se COMUNICACIÓN SOCIAL
adapten al nivel mínimo de • Se establecen las condiciones
de la Administración pública. accesibilidad que cumpla las • Se establecen las condiciones
prioridades 1 y 2 de la Norma básicas de accesibilidad a publi-
• Se amplían las obligaciones UNE 139803:2004. Su adap- básicas de accesibilidad a los cidad institucional en soporte
tación se llevará a cabo pro- contenidos de televisión audiovisual. Las campañas de
relativas a la adaptación de los gresivamente hasta el 31 de (audiovisuales) que serán acce- publicidad institucional que se
diciembre de 2008. sibles a todas las personas con difundan en este tipo de soporte
teléfonos públicos de pago. discapacidad mediante la incor- preverán en sus pliegos de cláu-
• Se establecen unas condicio- poración de subtitulación, sulas, los procedimientos de
• Se establece la obligación del audio-descripción e interpreta- acondicionamiento destinados a
nes básicas de accesibilidad a ción con lengua de signos, en permitir que los mensajes con-
operador designado para garan- los equipos informáticos y a los términos previstos específi- tenidos sean accesibles a todas
programas de ordenador, y se camente en la legislación gene- las personas con discapacidad y
tizar una oferta suficiente de prevé que deberán ser accesi- ral audiovisual. de edad avanzada.
terminales fijos adaptados a los
distintos tipos de discapacidad.
• Se impone a todos los opera-
dores la obligación de que los
sistemas de atención al cliente
permitan su acceso por perso-
nas con discapacidad.
• Se encomienda al Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales
la labor de promover la existen-
cia de una oferta suficiente de
48 MinusVal Octubre/Noviembre 2007