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Artículo de fondo
política, económica, social, cultural o en “iguales condiciones” para las personas 41
cualquier otra esfera de la vida pública y mayores que para el resto de la población.
enlace en red 30 privada”, y también contempla la defini- ¿Qué es la
ción específica de “discriminación por En concreto se especifica, de una forma Organización
edad en la vejez”, como “cualquier dis- u otra, la necesidad de que el disfrute de
tinción, exclusión o restricción basada en derechos no sea discriminatorio hacia las de los
la edad que tenga como objetivo o efec- personas mayores en los siguientes dere- Estados
to anular o restringir el reconocimiento, chos: a la vida y la dignidad en la vejez Americanos?
goce o ejercicio en igualdad de condicio- (art. 6), a la independencia y autonomía
nes de los derechos humanos y liberta- (art. 7), a la participación e integración Hoy en día, la OEA reúne a los 35
des fundamentales en la esfera política, comunitaria (art. 8), derechos relaciona- Estados independientes de las
económica, social, cultural o en cualquier dos con la salud (art. 11 y 19), a la liber- Américas y constituye el principal
otra esfera de la vida pública y privada”. tad personal (art. 13), a la libertad de foro gubernamental político, jurí-
Todo un éxito para los defensores de los expresión y opinión y al acceso a la infor- dico y social del continente. Ade-
derechos de las personas mayores en- mación (art. 14), a la nacionalidad y a la más, ha otorgado el estatus de
contrar el concepto que el norteamerica- libertad de circulación (art. 15), en rela- Observador Permanente a 69 Es-
no Butler enunció en los años 60, utili- ción al trabajo (art. 18), a la educación tados, así como a la Unión Euro-
zando el vocablo ageism, traducido (art. 20), a la cultura (art. 21), a la pro- pea (UE).
habitualmente al castellano como “eda- piedad (art. 23), a la vivienda (art. 24), a
dismo”, en un texto con relevancia jurí- un medio ambiente sano (art. 25), a la Para lograr sus más importantes
dica internacional. accesibilidad (art. 26), en lo referente al propósitos, la OEA se basa en sus
disfrute de los derechos políticos (art. principales pilares, que son la de-
La transversalidad 27), en el “igual reconocimiento ante la mocracia, los derechos humanos,
de la discriminación ley” (art. 30) y en el acceso a la justicia la seguridad y el desarrollo. Estos
(art. 31). Como puede verse, constituye se sustentan entre sí y se entrela-
Una de las novedades más interesantes un listado bastante amplio. zan transversalmente mediante
de este instrumento, es que la igualdad y una estructura que comprende el
no discriminación de las personas mayo- Con esto no queremos decir que el resto diálogo político, la inclusión, la
res, que durante años fue obviada en las de derechos reconocidos no sean impor- cooperación e instrumentos jurí-
declaraciones de Derechos Humanos, tie- tantes, sino que en estos se reconoce de dicos y de seguimiento.
ne una presencia claramente transversal, alguna forma el derecho a disfrutarlos
como “principio general” aplicable a toda “en igualdad de condiciones con las de-
la Convención (art. 3.d) y como deber ge- más” personas, es decir, se conectan di-
neral de los Estados parte (art. 4), siendo rectamente con la no discriminación, in-
además el primero de los derechos prote- cluso debiendo ajustar procedimientos o
gidos que se reconocen (art. 5). implementando acciones positivas o
ajustes razonables, si ello fuera necesario,
En este sentido, no es habitual que un ins- algo que no había tenido un reconoci-
trumento internacional reconozca la no miento general en la región hasta ahora.
discriminación a las personas mayores con
una presencia directa de tal relevancia, Un ejemplo claro es la formulación que
pues además de reconocerse expresamen- respecto al derecho al trabajo de las per-
te, tiene presencia evidente en el enuncia- sonas mayores se hace (art. 19). Puede
do de la mayoría de los derechos que se resultar evidente que las personas mayo-
reconocen en la CIDHPM, haciendo refe- res tengan derecho a un trabajo digno y
rencia expresa a la discriminación, o com- decente y a la igualdad de oportunidades
prometiendo a los Estados a que aseguren y de trato respecto de los otros trabaja-
dores, sea cual fuere su edad, pero la
política, económica, social, cultural o en “iguales condiciones” para las personas 41
cualquier otra esfera de la vida pública y mayores que para el resto de la población.
enlace en red 30 privada”, y también contempla la defini- ¿Qué es la
ción específica de “discriminación por En concreto se especifica, de una forma Organización
edad en la vejez”, como “cualquier dis- u otra, la necesidad de que el disfrute de
tinción, exclusión o restricción basada en derechos no sea discriminatorio hacia las de los
la edad que tenga como objetivo o efec- personas mayores en los siguientes dere- Estados
to anular o restringir el reconocimiento, chos: a la vida y la dignidad en la vejez Americanos?
goce o ejercicio en igualdad de condicio- (art. 6), a la independencia y autonomía
nes de los derechos humanos y liberta- (art. 7), a la participación e integración Hoy en día, la OEA reúne a los 35
des fundamentales en la esfera política, comunitaria (art. 8), derechos relaciona- Estados independientes de las
económica, social, cultural o en cualquier dos con la salud (art. 11 y 19), a la liber- Américas y constituye el principal
otra esfera de la vida pública y privada”. tad personal (art. 13), a la libertad de foro gubernamental político, jurí-
Todo un éxito para los defensores de los expresión y opinión y al acceso a la infor- dico y social del continente. Ade-
derechos de las personas mayores en- mación (art. 14), a la nacionalidad y a la más, ha otorgado el estatus de
contrar el concepto que el norteamerica- libertad de circulación (art. 15), en rela- Observador Permanente a 69 Es-
no Butler enunció en los años 60, utili- ción al trabajo (art. 18), a la educación tados, así como a la Unión Euro-
zando el vocablo ageism, traducido (art. 20), a la cultura (art. 21), a la pro- pea (UE).
habitualmente al castellano como “eda- piedad (art. 23), a la vivienda (art. 24), a
dismo”, en un texto con relevancia jurí- un medio ambiente sano (art. 25), a la Para lograr sus más importantes
dica internacional. accesibilidad (art. 26), en lo referente al propósitos, la OEA se basa en sus
disfrute de los derechos políticos (art. principales pilares, que son la de-
La transversalidad 27), en el “igual reconocimiento ante la mocracia, los derechos humanos,
de la discriminación ley” (art. 30) y en el acceso a la justicia la seguridad y el desarrollo. Estos
(art. 31). Como puede verse, constituye se sustentan entre sí y se entrela-
Una de las novedades más interesantes un listado bastante amplio. zan transversalmente mediante
de este instrumento, es que la igualdad y una estructura que comprende el
no discriminación de las personas mayo- Con esto no queremos decir que el resto diálogo político, la inclusión, la
res, que durante años fue obviada en las de derechos reconocidos no sean impor- cooperación e instrumentos jurí-
declaraciones de Derechos Humanos, tie- tantes, sino que en estos se reconoce de dicos y de seguimiento.
ne una presencia claramente transversal, alguna forma el derecho a disfrutarlos
como “principio general” aplicable a toda “en igualdad de condiciones con las de-
la Convención (art. 3.d) y como deber ge- más” personas, es decir, se conectan di-
neral de los Estados parte (art. 4), siendo rectamente con la no discriminación, in-
además el primero de los derechos prote- cluso debiendo ajustar procedimientos o
gidos que se reconocen (art. 5). implementando acciones positivas o
ajustes razonables, si ello fuera necesario,
En este sentido, no es habitual que un ins- algo que no había tenido un reconoci-
trumento internacional reconozca la no miento general en la región hasta ahora.
discriminación a las personas mayores con
una presencia directa de tal relevancia, Un ejemplo claro es la formulación que
pues además de reconocerse expresamen- respecto al derecho al trabajo de las per-
te, tiene presencia evidente en el enuncia- sonas mayores se hace (art. 19). Puede
do de la mayoría de los derechos que se resultar evidente que las personas mayo-
reconocen en la CIDHPM, haciendo refe- res tengan derecho a un trabajo digno y
rencia expresa a la discriminación, o com- decente y a la igualdad de oportunidades
prometiendo a los Estados a que aseguren y de trato respecto de los otros trabaja-
dores, sea cual fuere su edad, pero la