Page 11 - boletin18
P. 11

También se deben mencionar los siguientes Reales Decretos:

            En el transporte el
            •  Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones
                básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos
                de transporte para personas con discapacidad.

            Y en la comunicación el
            •  Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento
                sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las
                tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y
                medios de comunicación social.




                                                Legislación Autonómica:
            Podemos destacar:

            Estatuto de Autonomía para Andalucía.

            •  Decreto 298/1995 Criterios para adaptaciones de los edifi cios de la Junta de Andalucía.
            •  Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.
            •  Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las
                normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edifi cación y el
                transporte en Andalucía.

               ( las dos últimas en proceso de modifi cación)



                                                    Legislación Local:

            Las Ordenanzas municipales de accesibilidad
         Ya son muchos los municipios que las están redactando.
         En defi nitiva, la accesibilidad es un campo muy abierto y por la norma estamos obligados que
         nuestros  entorno, y edifi cios se vayan adaptando para hacerse accesibles.











                                                     Resumiendo:


         La normativa sobre accesibilidad le afecta:
            A las nuevas edifi caciones y nuevas urbanizaciones, no a las actuaciones en curso.

            A las obras de rehabilitación, ampliación, modifi cación o rehabilitación, a los elementos

             afectados por las reformas.
            Para lo ya existente tanto espacios exteriores como edifi caciones se obliga a hacer una

             adaptación gradual antes del 1 de enero de 2016 en todo aquello que sea susceptible de
             ajuste razonable

                                                                                       José Manuel Mera Gómez
                                                    Arquitecto Técnico. del CEAPAT del C.R.M.F. de San Fernando

        BOLETÍN C.R.M.F                                    11                                         Actualidad
   6   7   8   9   10   11   12   13   14   15   16