Page 10 - boletin18
P. 10

Actualidad






        Se referencian las siguientes:
                                               Legislación Estatal:


         LISMI: Ley 13/98 de Integración social del persona con discapacidad.
         •  Ley 51/2003, de 2 diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad
            universal de las personas con discapacidad.(LIONDAU).

         •  Ley 49/2007, de 26 de diciembre, por la que se establece el régimen de infracciones
            y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad
            universal de las personas con discapacidad.

         (Modifi cadas ambas por la Ley 26/2011 de adaptación a la Convención Internacional sobre los
         derechos de las personas con discapacidad).
         Estas normas regulan los DERECHOS y establecen los PLAZOS para adaptación de los entornos.

         •  Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones básicas
            de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y
            utilización de los espacios públicos urbanizados y edifi caciones.
            Como desarrollo del mismo se publicó:

         •  En edifi cación el Real Decreto 173/2010, de 19 de febrero, por el que se modifi ca el CTE,
            aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no
            discriminación de las personas con discapacidad.

         •  Y en espacios urbanizados la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla
            el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el
            acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.
         Ambas regulan los requisitos técnicos que deben cumplir los entornos. Son de  aplicación
         obligatoria a licencias, proyectos, planes a partir del 12 de septiembre de 2010.

         •  Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de
            control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por
            las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación
            y de simplifi cación administrativa.

         Que establece la obligatoriedad de realizar ITEs en edifi cios con una antigüedad superior a 50
         años que estén situados en municipios de más de 25.000 habitantes incluyendo la evaluación
         de la adecuación de estos inmuebles a las condiciones legalmente exigibles de accesibilidad.

         Y la obligación en actuaciones de rehabilitación, a hacer las reparaciones y obras precisas
         para mantener un inmueble en las condiciones de... accesibilidad...

        •  Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre
            los Derechos de las Personas con Discapacidad.
         Que modifi ca los plazos establecidos por la Ley 51/2003, de 2 diciembre, ( LIONDAU) y marca
         un plazo para adaptación de todo lo existente la normativa de accesibilidad.

         Así en rehabilitación de viviendas, urbanismo y edifi cios públicos, el horizonte marcado para
         que sea todo accesible es de enero del año 2016 al año 2018. La mayoría de las normativas
         y textos han asumido que la fecha límite es enero de 2016.

        Actualidad                                         10                                  BOLETÍN C.R.M.F
   5   6   7   8   9   10   11   12   13   14   15