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El Parlamento aprueba la Ley de Reforma de las Pensiones
función del esfuerzo de cotiza- presa que impida la continuidad de
ción evolucionará progresiva- la relación laboral (despido colecti-
mente hasta convertirse en to- vo por causas económicas autoriza-
talmente proporcional. Por los do por la autoridad laboral, despi-
primeros quince años cotizados do objetivo por causas económicas,
se percibirá el 50% de la pensión extinción del contrato por resolu-
y a partir del año decimosex- ción judicial, muerte, jubilación o
to, por cada mes adicional de incapacidad del empresario indivi-
cotización, comprendidos en- dual o extinción de la personalidad
tre los meses 1 y 248, el 0,19%; jurídica del contratante o por fuerza
y los que rebasen el mes 248, mayor y extinción de la relación la-
el 0,18%, sin que el porcentaje boral de la mujer a consecuencia de
aplicable a la base reguladora la que deriva del cese en el trabajo ser víctima de la violencia de géne-
supere el 100%. Para que la pen- por causa no imputable al traba- ro).
sión alcance el 100% de la base jador y la que deriva del cese vo-
de cotización serán precisos 37 luntario • R equisitos por cese voluntario:
años, incrementándose desde
los 35 actuales gradualmente • P ara ambas se permite la jubila- - Tener 63 años
durante quince años ción anticipada siempre que se
acredite un mínimo de cotiza- - La pensión resultante debe ser su-
● Prolongación de la vida laboral ción de 33 años. La cuantía de perior al importe de la pensión mí-
la pensión se minorará con apli- nima que hubiera correspondido al
• Se incr ementan los incentivos cación de los coeficientes reduc- interesado teniendo en cuenta su si-
para la prolongación volunta- tores del 1,875% por trimestre tuación familiar al cumplimiento de
ria de la vida laboral. Las per- para los trabajadores con menos los 65 años de edad. En caso contra-
sonas que prolonguen su vida de 38 años y 6 meses cotizados, rio, no se podrá acceder a esta fór-
laboral después de la edad legal y del 1,625% por trimestre para mula de jubilación anticipada.
de jubilación podrán aumentar los trabajadores con 38 años y 6
su pensión por encima del cien meses cotizados o más. • Quienes tuvieran la condición
por cien de la base reguladora de mutualista el 1 de enero de
entre un 2 y un 4% por cada • Los r equisitos para acceder a la 1967 podrán causar el derecho
año completo transcurrido en- jubilación anticipada por causa a la pensión de jubilación a par-
tre la fecha en que cumplió di- no imputable al trabajador son: tir de los 60 años. En tal caso, la
cha edad y la del hecho causan- cuantía de la pensión se reducirá
te de la pensión, en función del - Tener 61 años. en un 8% por cada año o frac-
número de años cotizados que ción de año antes de la edad de
se acrediten. - Encontrarse inscrito en las ofici- jubilación.
nas de empleo como demandante
• Ex ención parcial de cotizar por de empleo. • Se mantiene la jubilación par-
contingencias comunes, salvo cial a los 61 años, si bien la coti-
por Incapacidad Temporal de- - A efectos del periodo de cotiza- zación será íntegra tanto para el
rivada de las mismas, cuando ción, se computará como cotizado trabajador relevista como para
se cumplan 65 años con 38 años a la Seguridad Social el período de el relevado.
y seis meses de cotización o 67 prestación del servicio militar obli-
años y 37 años de cotización. gatorio o de la prestación social sus- ● Otras medidas destacadas de la
titutoria, con el límite máximo de Ley
● Jubilación anticipada un año.
• Los complementos a mínimos
Se establecen dos modalidades de - Despido consecuencia de una si- de las pensiones contributivas
acceso a la jubilación anticipada: tuación de crisis o cierre de la em- no podrán superar la cuantía de
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