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Un nuevo modelo de receta médica
que ofrecerá más garantías a los
pacientes y a los profesionales
El Consejo de Ministros, a pro-
puesta de la ministra de Sani-
dad, Política Social e Igualdad,
Leire Pajín, aprobó el Real De-
creto de receta médica y órde-
nes de dispensación. Esta nueva
norma, que desarrolla la Ley de
Garantías y Uso Racional de
Medicamentos y Productos Sa-
nitarios, introduce importantes
novedades que modernizan la
legislación de este tipo de docu-
mentos sanitarios.
El nuevo real decreto establece 1. Datos del paciente (nombre, En este sentido, la norma apro-
un modelo armonizado de re- apellidos, etc.). bada refuerza la información al
ceta médica y órdenes de dis- paciente incorporando a la re-
pensación hospitalaria, que 2. Datos del medicamento ceta un documento de informa-
son aquellas que se extienden (nombre del medicamento o ción, de entrega obligada, en el
en los hospitales para medica- del principio activo, vía de que el profesional que prescriba
mentos por parte de los servi- administración, etc.). el medicamento anotará las ins-
cios de Farmacia Hospitalaria trucciones adicionales sobre el
a pacientes no ingresados. 3. Posología y duración del trata- tratamiento y las advertencias
miento (número de dosis, etc.). al farmacéutico para que éste
Entre las principales noveda- realice la dispensación con las
des, destaca la regulación de 4. Datos del prescriptor (nombre, máximas garantías de seguri-
un modelo único de receta con número de colegiado, etc.). dad y eficacia.
requisitos comunes para los
medicamentos que la precisen, 5. Fecha de prescripción. Además, la norma garantiza la
independientemente de que es- dispensación de los medicamen-
tén o no financiados por el Sis- Además, las recetas podrán con- tos en cualquier farmacia del
tema Nacional de Salud (SNS) tener otros datos adicionales territorio español y posibilita
y de que se prescriban en la sa- que serán específicos de deter- tanto la dispensación de un me-
nidad pública o privada (algo minados tipos. Por ejemplo, en dicamento en una sola vez como
que no sucedía hasta ahora). las recetas para pacientes cróni- la dispensación sucesiva cuando
cos, se incluirá la fecha prevista se trate de tratamientos crónicos.
El real decreto establece el for- de dispensación y el número de De este modo, los pacientes con
mato en el que se editarán las dispensaciones sucesivas. enfermedades crónicas evitarán
recetas oficiales del sistema sa- visitar al médico exclusivamente
nitario, tanto si son públicas La armonización de la receta para renovar las prescripciones,
como privadas, así como los médica tanto en la sanidad pú- con lo que aumentará la como-
principales datos que deberán blica como privada constituye didad de los pacientes y mejora-
incluir, entre los que se seña- un elemento de calidad y segu- rá la gestión asistencial en aten-
lan: ridad para el paciente. ción primaria.
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