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cuadernos
E n 1951 la Conven- Deborah Elizondo, jefa de la Unidad de Protección de UNHCR-ACNUR España y José Luis Santamarta
ción de Ginebra sobre Rodríguez, Abogado y letrado del SOJE.
el Estatuto de los
Refugiados sentó las Estos documentos constituyeron un ellos se fijaron las primeras definicio-
bases sobre el “dere- punto de partida decisivo, ya que en nes sobre “refugiados” o “solicitudes
cho de asilo”, aquella
protección que obtie- Uno de los problemas que encuentran los
ne toda persona extranjera que, refugiados es la falta de información sobre los
encontrándose fuera de su país de procedimientos que tienen que seguir para
origen, tiene fundados temores de solicitar asilo.
persecución por motivos de raza,
religión, nacionalidad o pertenen-
cia a determinado grupo social o
político. La conmemoración de la
firma de este acuerdo por parte de
España, constituyó el origen de
estas jornadas.
Su apertura dio comienzo con un
apunte, por parte de los ponentes,
sobre los documentos básicos en
los que se basan todas las accio-
nes sobre el tema de la protección
a los refugiados y la petición de
derecho de asilo en todo el mundo,
recogidos en la Convención de
Ginebra de 1951, en la cual se
aprobó el Estatuto de los Refugia-
dos, y su posterior modificación
con el Protocolo de Nueva York, en
1967.
de asilo”, haciendo referencia a cues-
tiones como los requisitos personales
válidos para pedir este tipo de protec-
ción, o el reconocimiento, por parte
de los estados de acogida, de una
serie de derechos para aquellos que
se encuentran en dicha situación.
Normativa común en la petición
de asilo
Erika Feller, directora del Departamento de Protección Internacional. La petición del derecho de asilo,
tanto en España como en la Unión
Europea, y su protección jurídica
abrieron el debate en la primera de
las mesas redondas, en la que
32 Sesenta y más
E n 1951 la Conven- Deborah Elizondo, jefa de la Unidad de Protección de UNHCR-ACNUR España y José Luis Santamarta
ción de Ginebra sobre Rodríguez, Abogado y letrado del SOJE.
el Estatuto de los
Refugiados sentó las Estos documentos constituyeron un ellos se fijaron las primeras definicio-
bases sobre el “dere- punto de partida decisivo, ya que en nes sobre “refugiados” o “solicitudes
cho de asilo”, aquella
protección que obtie- Uno de los problemas que encuentran los
ne toda persona extranjera que, refugiados es la falta de información sobre los
encontrándose fuera de su país de procedimientos que tienen que seguir para
origen, tiene fundados temores de solicitar asilo.
persecución por motivos de raza,
religión, nacionalidad o pertenen-
cia a determinado grupo social o
político. La conmemoración de la
firma de este acuerdo por parte de
España, constituyó el origen de
estas jornadas.
Su apertura dio comienzo con un
apunte, por parte de los ponentes,
sobre los documentos básicos en
los que se basan todas las accio-
nes sobre el tema de la protección
a los refugiados y la petición de
derecho de asilo en todo el mundo,
recogidos en la Convención de
Ginebra de 1951, en la cual se
aprobó el Estatuto de los Refugia-
dos, y su posterior modificación
con el Protocolo de Nueva York, en
1967.
de asilo”, haciendo referencia a cues-
tiones como los requisitos personales
válidos para pedir este tipo de protec-
ción, o el reconocimiento, por parte
de los estados de acogida, de una
serie de derechos para aquellos que
se encuentran en dicha situación.
Normativa común en la petición
de asilo
Erika Feller, directora del Departamento de Protección Internacional. La petición del derecho de asilo,
tanto en España como en la Unión
Europea, y su protección jurídica
abrieron el debate en la primera de
las mesas redondas, en la que
32 Sesenta y más