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SE APRUEBA LA LEY GEN
Unificación
de la normativa
El Texto Refundido de la Ley Ge- Protección en discapac
neral de derechos de las personas con todos los ámbitos
discapacidad y de su inclusión social rán también sus capacidades y habi-
fue aprobado en Consejo de Minis- Por ello, se incluye un título de- lidades.
tros celebrado el 29 de noviembre. dicado a los derechos de estas perso- • En el ámbito de la educación, se
nas, sin precedentes en la legislación asegurará un sistema educativo
Se trata de un texto que, por pri- española. Por primera vez, incorpo- inclusivo. Se trata de atender las
mera vez, unifica toda la normativa rará su protección en todos los ám- distintas necesidades del alum-
existente en la materia y responde a bitos, desde la igualdad de oportuni- nado con discapacidad, median-
una demanda histórica de las perso- dades hasta la atención sanitaria, la te la regulación de los apoyos y
nas con discapacidad y sus familias, educación y el empleo. ajustes correspondientes.
que garantizará que la discapacidad • En el ámbito del empleo, se clasifi-
esté contemplada en todas las actua- • En el ámbito de la protección de la sa- can por primera vez los tipos de em-
ciones políticas y por todas las admi- lud se establecerán principios y nor- pleo a través de los que las personas
nistraciones. mas de coordinación de las distintas con discapacidad pueden ejercer su
actuaciones públicas para la preven- derecho al trabajo: empleo ordina-
La nueva normativa, en la que ción de la discapacidad. Además, las rio, de las empresas y administra-
han participado organizaciones del administraciones tendrán que desa- ciones públicas, incluidos los servi-
sector y en especial el Cermi, defi- rrollar las actuaciones necesarias para cios de empleo con apoyo; empleo
ne los distintos tipos de discapaci- llevar a cabo una atención sociosani- protegido: en centros especiales de
dad y de discriminación, incluye el taria de forma efectiva y eficiente. empleo y enclaves laborales; y em-
reconocimiento expreso del princi- En cuanto a los equipos multipro- pleo autónomo, una modalidad en
pio de libertad en la toma de deci- fesionales de calificación y recono- la que 1.182 personas con discapa-
siones o clasifica los distintos tipos cimiento del grado de discapacidad, cidad se establecieron en el primer
de empleo, entre las principales no- además de valorar las limitaciones semestre de 2013.
vedades. y barreras a las que se enfrentan las
personas con discapacidad, valora-
Este real decreto legislativo ha in-
tegrado en una sola norma la Ley de
Integración Social de Personas con
Discapacidad (Lismi), de 1982; la
Ley de Igualdad de Oportunidades,
no Discriminación y Accesibilidad
Universal de las Personas con Disca-
pacidad, de 2003, y la Ley por la que
se establece el régimen de infraccio-
nes y sanciones en materia de igual-
dad de oportunidades, no discrimi-
nación y accesibilidad universal de
las personas con discapacidad, de
2007.
Sin embargo, esta norma es más
que un compendio de leyes. Todas
estas normas se han actualizado y ar-
monizado siguiendo la Convención
Internacional sobre los Derechos de
las Personas con Discapacidad. Ello
supone el reconocimiento expreso
de que son titulares de derechos y
los poderes públicos están obligados
a garantizar su ejercicio pleno. Se su-
pera, así, el concepto asistencial de
décadas pasadas: las personas con
discapacidad pasan de ser objeto de
tratamiento y protección social a ser
considerados ciudadanos libres y ti-
tulares de derechos.
A12 perusotnoanl omía
Unificación
de la normativa
El Texto Refundido de la Ley Ge- Protección en discapac
neral de derechos de las personas con todos los ámbitos
discapacidad y de su inclusión social rán también sus capacidades y habi-
fue aprobado en Consejo de Minis- Por ello, se incluye un título de- lidades.
tros celebrado el 29 de noviembre. dicado a los derechos de estas perso- • En el ámbito de la educación, se
nas, sin precedentes en la legislación asegurará un sistema educativo
Se trata de un texto que, por pri- española. Por primera vez, incorpo- inclusivo. Se trata de atender las
mera vez, unifica toda la normativa rará su protección en todos los ám- distintas necesidades del alum-
existente en la materia y responde a bitos, desde la igualdad de oportuni- nado con discapacidad, median-
una demanda histórica de las perso- dades hasta la atención sanitaria, la te la regulación de los apoyos y
nas con discapacidad y sus familias, educación y el empleo. ajustes correspondientes.
que garantizará que la discapacidad • En el ámbito del empleo, se clasifi-
esté contemplada en todas las actua- • En el ámbito de la protección de la sa- can por primera vez los tipos de em-
ciones políticas y por todas las admi- lud se establecerán principios y nor- pleo a través de los que las personas
nistraciones. mas de coordinación de las distintas con discapacidad pueden ejercer su
actuaciones públicas para la preven- derecho al trabajo: empleo ordina-
La nueva normativa, en la que ción de la discapacidad. Además, las rio, de las empresas y administra-
han participado organizaciones del administraciones tendrán que desa- ciones públicas, incluidos los servi-
sector y en especial el Cermi, defi- rrollar las actuaciones necesarias para cios de empleo con apoyo; empleo
ne los distintos tipos de discapaci- llevar a cabo una atención sociosani- protegido: en centros especiales de
dad y de discriminación, incluye el taria de forma efectiva y eficiente. empleo y enclaves laborales; y em-
reconocimiento expreso del princi- En cuanto a los equipos multipro- pleo autónomo, una modalidad en
pio de libertad en la toma de deci- fesionales de calificación y recono- la que 1.182 personas con discapa-
siones o clasifica los distintos tipos cimiento del grado de discapacidad, cidad se establecieron en el primer
de empleo, entre las principales no- además de valorar las limitaciones semestre de 2013.
vedades. y barreras a las que se enfrentan las
personas con discapacidad, valora-
Este real decreto legislativo ha in-
tegrado en una sola norma la Ley de
Integración Social de Personas con
Discapacidad (Lismi), de 1982; la
Ley de Igualdad de Oportunidades,
no Discriminación y Accesibilidad
Universal de las Personas con Disca-
pacidad, de 2003, y la Ley por la que
se establece el régimen de infraccio-
nes y sanciones en materia de igual-
dad de oportunidades, no discrimi-
nación y accesibilidad universal de
las personas con discapacidad, de
2007.
Sin embargo, esta norma es más
que un compendio de leyes. Todas
estas normas se han actualizado y ar-
monizado siguiendo la Convención
Internacional sobre los Derechos de
las Personas con Discapacidad. Ello
supone el reconocimiento expreso
de que son titulares de derechos y
los poderes públicos están obligados
a garantizar su ejercicio pleno. Se su-
pera, así, el concepto asistencial de
décadas pasadas: las personas con
discapacidad pasan de ser objeto de
tratamiento y protección social a ser
considerados ciudadanos libres y ti-
tulares de derechos.
A12 perusotnoanl omía