Page 12 - min168
P. 12
010-012MINUSVAL 13/5/08 15:37 Página 12
OBSERVATORIODE
LADISCAPACIDAD
Foto de familia tras la presentación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y de su Protocolo facultativo
en la sede del Centro Estatal de Referencia de Daño de Cerebral, en Madrid
da y otros modos, medios y formatos EDUCACIÓN Y SANIDAD Los Estados Firmantes también reco-
aumentativos o alternativos de la co- nocen que las personas con discapaci-
municación, incluida la tecnología de la En cuanto a la educación, los estados dad tienen derecho a gozar del más alto
información y las comunicación, inclui- miembros reconocen el derecho de las nivel posible de salud sin discriminación
da la tecnología de la información y las personas con discapacidad a la educación. por motivos de discapacidad. Los Esta-
comunicaciones de fácil acceso. Con miras a hacer efectivo este derecho dos Partes adoptarán las medidas perti-
sin discriminación y sobre la base de la nentes para asegurar el acceso de las
Por “discriminación por motivos de igualdad de oportunidades, los Estados personas con discapacidad a servicios
discapacidad” se entenderá cualquier Partes asegurarán un sistema de educa- de salud que tengan en cuenta las cues-
distinción, exclusión o restricción por ción inclusivo a todos los niveles, así tiones de género, incluida la rehabilita-
motivos de discapacidad que tenga el como la enseñanza a lo largo de la vida. ción relacionada con la salud.
propósito o el efecto de obstaculizar o
dejar sin efecto el reconocimiento, “NADA PARA NOSOTROS, SIN NOSOTROS”
goce o ejercicio, en igualdad de condi-
ciones, de todos los derechos y liber- La Convención de los derechos de las personas con discapacidad, que se
tades fundamentales en los ámbitos constituye bajo el lema; “Nada para nosotros sin nosotros”, es novedosa por
político, económico, social, cultural, ci- varias razones:
vil o de otro tipo. Incluye todas las for-
mas de discriminación, entre ellas, la ● Incorpora todos los derechos, sin hacer distinción entre derechos huma-
denegación de ajustes razonables. nos, políticos, sociales o culturales.
Por “diseño universal” se entenderá ● Todos los derechos deben ser efectivos para las personas con discapacidad.
el diseño de productos, entornos, pro- ● Establece temas transversales, como la situación de las mujeres y de los
gramas y servicios que puedan utilizar niños con discapacidad.
todas las personas, en la mayor medi- ● Se han establecido mecanismos de control y seguimiento de la aplicación
da posible, sin necesidad de adapta- de este instrumento, con el objeto de hacer que goce de una influencia real.
ción ni diseño especializado. El “diseño Para más información, la Convención de los Derechos Humanos de las Per-
universal” no excluirá las ayudas téc- sonas con Discapacidad se puede consultar en el Boletín Oficial del Estado
nicas para grupos particulares de per- del 21 de abril del 2008.
sonas con discapacidad cuando se ne-
cesiten.
12 MinusVal Marzo/Abril 2008
OBSERVATORIODE
LADISCAPACIDAD
Foto de familia tras la presentación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y de su Protocolo facultativo
en la sede del Centro Estatal de Referencia de Daño de Cerebral, en Madrid
da y otros modos, medios y formatos EDUCACIÓN Y SANIDAD Los Estados Firmantes también reco-
aumentativos o alternativos de la co- nocen que las personas con discapaci-
municación, incluida la tecnología de la En cuanto a la educación, los estados dad tienen derecho a gozar del más alto
información y las comunicación, inclui- miembros reconocen el derecho de las nivel posible de salud sin discriminación
da la tecnología de la información y las personas con discapacidad a la educación. por motivos de discapacidad. Los Esta-
comunicaciones de fácil acceso. Con miras a hacer efectivo este derecho dos Partes adoptarán las medidas perti-
sin discriminación y sobre la base de la nentes para asegurar el acceso de las
Por “discriminación por motivos de igualdad de oportunidades, los Estados personas con discapacidad a servicios
discapacidad” se entenderá cualquier Partes asegurarán un sistema de educa- de salud que tengan en cuenta las cues-
distinción, exclusión o restricción por ción inclusivo a todos los niveles, así tiones de género, incluida la rehabilita-
motivos de discapacidad que tenga el como la enseñanza a lo largo de la vida. ción relacionada con la salud.
propósito o el efecto de obstaculizar o
dejar sin efecto el reconocimiento, “NADA PARA NOSOTROS, SIN NOSOTROS”
goce o ejercicio, en igualdad de condi-
ciones, de todos los derechos y liber- La Convención de los derechos de las personas con discapacidad, que se
tades fundamentales en los ámbitos constituye bajo el lema; “Nada para nosotros sin nosotros”, es novedosa por
político, económico, social, cultural, ci- varias razones:
vil o de otro tipo. Incluye todas las for-
mas de discriminación, entre ellas, la ● Incorpora todos los derechos, sin hacer distinción entre derechos huma-
denegación de ajustes razonables. nos, políticos, sociales o culturales.
Por “diseño universal” se entenderá ● Todos los derechos deben ser efectivos para las personas con discapacidad.
el diseño de productos, entornos, pro- ● Establece temas transversales, como la situación de las mujeres y de los
gramas y servicios que puedan utilizar niños con discapacidad.
todas las personas, en la mayor medi- ● Se han establecido mecanismos de control y seguimiento de la aplicación
da posible, sin necesidad de adapta- de este instrumento, con el objeto de hacer que goce de una influencia real.
ción ni diseño especializado. El “diseño Para más información, la Convención de los Derechos Humanos de las Per-
universal” no excluirá las ayudas téc- sonas con Discapacidad se puede consultar en el Boletín Oficial del Estado
nicas para grupos particulares de per- del 21 de abril del 2008.
sonas con discapacidad cuando se ne-
cesiten.
12 MinusVal Marzo/Abril 2008