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OLADBSIESRCVAAPTAOCRIIDOADDE
Coordinador de esta sección: Javier Salazar

Esperemos que ninguno PATRIMONIO
de nosotros sufra un PROTEGIDO DE LAS
accidente con la PERSONAS CON
consecuencia de que nos DISCAPACIDAD
impida gobernarnos por
nosotros mismos; pero, lo que
les aseguro es que todos los
demás engrosaremos la cifra
de personas dependientes por
la edad: todos nosotros somos
presuntos incapaces. Es
necesario hacer previsiones de
futuro mediante disposiciones
que organicen el momento
en que no estén ustedes al
lado de sus seres queridos
dependientes, o el momento,
todavía más complicado, en
que ustedes estén aquí junto a
ellos, pero ya no tengan
aptitudes para seguir
realizando toda esta
maravillosa labor de apoyo,
que día a día realizan a favor
de sus familiares.

BLANCA ENTRENA PALOMERO Cualquier persona podrá solicitar de la persona con discapacidad o, en caso de que no
tenga plena capacidad de obrar, de sus padres o tutores, la constitución de un patrimo-
Notaria. Coordinadora de la Fundación Aequitas nio protegido, ofreciendo al mismo tiempo una aportación de bienes y derechos sufi-
ciente para ese fin
Si el discapacitado es nuestro
hijo, inmediatamente nos la ley del patrimonio especialmente pro- sucesoria: modificación de legítimas, posi-
plantearemos esta pregunta: tegido de la persona con discapacidad. bilidad de que el viudo pueda administrar
¿qué será de nuestro hijo Por eso, junto con el patrimonio protegi- los bienes del fallecido y retrasar el repar-
cuando nosotros faltemos? do, destaca la figura de la autotutela (es la to de la herencia...; se regula el contrato
Esta pregunta se desdobla, a su vez, en posibilidad de designar en escritura públi- de alimentos y los poderes en previsión
dos: ¿cómo podemos crear un patrimo- ca quién queremos que sea nuestro tutor de nuestra propia discapacidad. Por todas
nio a su nombre para garantizarle su para cuando nosotros seamos discapaces, estas novedades en el derecho civil ya
subsistencia mientras viva? ¿quién podrá para que el juez, al incapacitarnos, conoz- tendría sentido la nueva Ley que ahora
encargarse de la administración honesta ca nuestra voluntad). Es una de las nove- estudiamos pero, además, recoge la figura
y diligente de los bienes de nuestro hijo? dades introducidas en la Ley junto a otras del patrimonio protegido de la persona
Pero si lo que nos preocupa es nuestra importantes modificaciones en materia con discapacidad.
propia dependencia para nuestra tercera
edad, estamos previendo la propia disca-
pacidad y buscando las soluciones econó-
micas más acordes con nuestra voluntad,
dentro del marco de nuestro derecho.
Por ello, lo que tenemos es que utilizar
las nuevas vías que nos da la ley 41/2003,

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