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vivían, el representante de España, ante la cual, llegar a un acuerdo, era
convoca a unas cien personas en repre- muy importante.
Se consensúa la forma de juramento, el
cual, se celebra en la Iglesia Mayor.
Las tierras de Posteriormente, se desplazan al Teatro
Las tierras de
de las Cortes, que ese tiempo, era una
América, humildísima casa de comedias cons-
América,
truida hacía cinco años con materiales
dejan de ser poco nobles, pero con una magnífica
dejan de ser
acústica.
colonias, para
colonias, para
En ese mismo día y, en esas condicio-
convertirse en nes arriba mencionadas, se aprueba el
convertirse en
provincias primer gran decreto que recogía los
provincias
siguientes puntos de enorme trascen-
dencia (de ahí la universalidad que
antes mencionábamos):
sentación de la España libre ( San
- La soberanía reside en el pue
Fernando- Cádiz), que se ubican en el
blo.
colegio de la Compañía de María, del
- Los representantes legítimos
cual, desalojan parte del mismo, y se
de pueblo son los diputados que
convierte en la regencia española. San
forman las cortes.
Fernando, era la capital de la España
- Mientras los diputados ejercen
libre durante un tiempo, la regencia, se
su cargo, son inviolables
ocupa de convocar las Cortes
- Se decide separar los poderes
Generales.
para que no sea el rey el que
El 24 de septiembre a las nueve de la únicamente tenga en sus manos
mañana, 101 parlamentarios se reúnen los poderes legislativo, judicial y
en la sala de plenos del Ayun-tamiento ejecutivo. Y además, para que
de San Fernando, destacamos la plura- todo esto funcionase bien, la
lidad con la que se contaba (burgue- regencia debía jurar fidelidad a
ses, militares, religiosos, nobleza...), y,
los acuerdos de las cortes.
22 Boletín C.R.M.F.