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Noticias Imserso
EL GOBIERNO, RESPALDADO
DE NUEVO POR EL TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL EN LA APLICACIÓN cer servicios adicionales, ni que
puedan excepcionalmente decidir
DE LAS MEDIDAS DE MEJORA que se prestan de forma separada.
ADOPTADAS EN EL SAAD, A TRAVÉS Sobre el régimen de incompatibi-
lidades de las prestaciones, para
DEL REAL DECRETO-LEY 20/2012 el TC el Estado fija una regula-
ción unitaria tanto de la intensidad
como de la compatibilidad de pres-
El BOE del 8 de abril publicó la el Estado». Para el TC esta tesis no taciones, que cumple la función de
Sentencia del Tribunal Consti- puede prosperar pues el régimen garantizar un mínimo uniforme en
tucional (TC) de 3 de marzo de especial del convenio económico el SAAD que puede ser conside-
2016, sobre el recurso de incons- es fundamentalmente un régimen rado un parámetro que regula las
titucionalidad núm. 5763-2012 evolutivo dentro de la Constitución, condiciones básicas que garanti-
interpuesto por el Parlamento y no al margen de ella. Por tanto, zan la igualdad en el ejercicio del
de Navarra contra el Real Decre- el régimen de convenio no supone derecho, evitando así situaciones
to-Ley 20/2012, de 13 de julio, de una excepción al marco compe- de desigualdad relevantes.
medidas para garantizar la esta- tencial en materia de atención a la
bilidad presupuestaria y de fo- dependencia. Respecto a la impugnación de las
mento de la competitividad, que cuantías máximas de las prestacio-
da la razón al Gobierno de Espa- En cuanto a otros aspectos que nes económicas por cuidados en el
ña en las medidas de mejora de la han sido recurridos, como el ser- entorno familiar, de asistencia per-
Ley 39/2006, de 14 de diciembre, vicio de ayuda a domicilio, para sonal y de la prestación vinculada
de Promoción de la Autonomía el TC el Estado ha regulado la al servicio, así como la intensidad
Personal y Atención a las perso- doble dimensión de este servicio de protección del servicio de ayuda
nas en situación de Dependencia. (servicios de atención personal y a domicilio, el recurso es desesti-
El recurso del Parlamento de Na- servicios de atención de las nece- mado por el TC ya que correspon-
varra consideraba vulnerada la au- sidades domésticas), expresando de al Consejo Territorial de Servi-
tonomía financiera de Navarra ex- un criterio de preferencia de los cios Sociales y de Dependencia, la
presada en el régimen de convenio primeros, sin que esta decisión función de acordar las condiciones
económico y lo que denomina «sis- estatal excluya que las Comunida- y cuantía de las prestaciones eco-
tema pactista de colaboración con des Autónomas puedan estable- nómicas previstas.
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