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Autonomía y Atención a la Dependen- La Administración General del Estado
cia se tendrán en cuenta las especifi-
cidades reconocidas a las Diputacio- establecerá anualmente en sus
nes Forales en el caso de la Comuni-
dad Autónoma del País Vasco, a los presupuestos créditos para
Cabildos en el caso de la Comunidad
Autónoma de Canarias y a los Conse- los convenios suscritos con las
jos Insulares en el caso de la Comuni-
Comunidades Autónomas
dad Autónoma de Illes Balears.
SOBRE LA PROTECCIÓN
DE LOS MENORES DE 3 AÑOS : SOBRE EL FOMENTO DEL EMPLEO DE LAS de este artículo, calculadas en cóm-
PERSONAS CON DISCAPACIDAD: puto anual, son compatibles con las
Sin perjuicio de los servicios esta- rentas o ingresos anuales de que, en
blecidos en los ámbitos educativo y Las entidades privadas que aspiren a su caso, disponga cada beneficiario,
sanitario, el Sistema para la Autono- gestionar por vía de concierto prestacio- siempre que los mismos no excedan
mía y Atención a la Dependencia nes o servicios del Sistema para la del 25 por 100 del importe, en
atenderá las necesidades de ayuda a Autonomía y Atención a la Dependen- cómputo anual, de la pensión no
domicilio y, en su caso, prestaciones cia deberán acreditar con carácter pre- contributiva. En caso contrario, se
económicas vinculadas y para cuida- vio, en el caso de que vinieran obliga- deducirá del importe de la pensión
dos en el entorno familiar a favor de das a ello, el cumplimiento de la cuota no contributiva la cuantía de las
los menores de 3 años acreditados de reserva para personas con discapaci- rentas o ingresos que excedan de
en situación de dependencia. El ins- dad o, en su defecto, las medidas de dicho porcentaje, salvo lo dispuesto
trumento de valoración previsto en carácter excepcional establecidas por la en el artículo 147.
el artículo 27 de esta Ley incorpora- Ley de Integración Social de los Minus-
rá a estos efectos una escala de válidos. ¿CUÁL ES LA PARTICIPACIÓN
valoración específica. DE LAS ADMINISTRACIONES
GARANTÍA DE ACCESIBILIDAD PÚBLICAS EN LA FINANCIACIÓN?
La atención a los menores de 3 Y SUPRESIÓN DE BARRERAS:
años, de acuerdo con lo dispuesto Durante el período comprendido
en el apartado anterior, se integrará Las Administraciones Públicas, en el entre el 1 de enero de 2007
en los diversos niveles de protec- ámbito de sus respectivas competen- y el 31 de diciembre de 2015,
ción establecidos en el artículo 7 cias, garantizarán las condiciones de y para favorecer la implantación
de esta Ley y sus formas de finan- accesibilidad en los entornos, procesos progresiva del Sistema, la Adminis-
ciación. y procedimientos del Sistema para la tración General del Estado estable-
Autonomía y Atención a la Dependen- cerá anualmente en sus Presupues-
En el seno del Consejo Territorial cia, en los términos previstos en la Ley tos créditos para la celebración de
del Sistema para la Autonomía y de igualdad de oportunidades, no dis- los convenios con las administra-
Atención a la Dependencia se pro- criminación y accesibilidad universal ciones de las Comunidades Autóno-
moverá la adopción de un plan inte- de las personas con discapacidad. mas de acuerdo con el artículo 10
gral de atención para estos menores de esta Ley.
de 3 años en situación de dependen- PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS: Durante un periodo máximo de
cia, en el que se contemplen las seis meses desde la fecha de inicio
medidas a adoptar por las Adminis- Se modifica el apartado 2 del artí- para la presentación de solicitudes
traciones Públicas, sin perjuicio de culo 145 del Texto Refundido de la de reconocimiento de la situación
sus competencias, para facilitar Ley General de la Seguridad Social, de dependencia, quedará en sus-
atención temprana y rehabilitación en los siguientes términos: penso lo previsto en el artículo
de sus capacidades físicas, menta- Las cuantías resultantes de lo 28.6 sobre delegación, contrata-
les e intelectuales. establecido en el apartado anterior ción o concierto.
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