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              A Fondo LEY DE DEPENDENCIA, UN NUEVO DERECHO PARA TODOS



              prestaciones y subvenciones para las
              personas beneficiarias; con multa              GRADUACIÓN DE LAS MULTAS
              para los cuidadores no profesionales;
                                                        Se ajustará a lo siguiente:           • Por infracción muy grave,
              y con multa y, en su caso, pérdida de
                                                                                            multa de tres mil uno a seis mil
              subvenciones, cese temporal de la
                                                         • Por infracción leve, multa de    euros a los cuidadores; y de
              actividad o cierre del establecimien-
                                                       hasta 300 euros a los cuidadores y   noventa mil uno hasta un máximo
              to, local o empresa para las empre-
                                                       hasta treinta mil euros a los prove-  de un millón euros a los proveedo-
              sas proveedoras de servicios.
                                                       edores de servicios.                 res de servicios.
                 En todo caso, la sanción implicará
              el reintegro de las cantidades indebi-     • Por infracción grave, multa de     En los supuestos en los que se
              damente percibidas.                      trescientos a tres mil euros a los   acuerde la suspensión de presta-
                 La graduación de las sanciones        cuidadores; y de treinta mil uno a   ciones o subvenciones, ésta se gra-
              será proporcional a la infracción        noventa mil euros a los proveedo-    duará entre uno y seis meses
              cometida y se establecerá ponderán-      res de servicios.                    según la gravedad de la infracción.
              dose según los siguientes criterios:
                 • Gravedad de la infracción.
                 • Gravedad de la alteración social y
              perjuicios causados.                 ?
                 • Riesgo para la salud.               ?        ¿Cuándo prescriben las infracciones?
                 • Número de afectados.
                 • Beneficio obtenido.                          Las infracciones a que se refiere la Ley prescribirán:
                 • Grado de intencionalidad y reite-              • Al año, las leves.
              ración.                                             • A los tres años, las grave
                 Además, en los casos de especial                 • A los cuatro años, las muy graves.
              gravedad, reincidencia de la infrac-    El plazo de prescripción comenzará a contarse a partir del día que se haya
              ción o trascendencia notoria y grave,   cometido la infracción y se interrumpirá por la iniciación, con conocimiento
              las infracciones muy graves se san-     del interesado, del procedimiento sancionador.
              cionarán con la suspensión temporal     Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los cinco años,
              de la actividad por un máximo de cin-   por faltas graves a los cuatro años y por faltas leves al año.
              co años o, en su caso, con el cierre de  ¿Quiénes tienen las competencias?
              la empresa o la clausura del servicio
                                                      Las Comunidades Autónomas desarrollarán el cuadro de infracciones y sancio-
              o establecimiento.
                                                      nes previstas en la presente Ley.
                 Durante la sustanciación del pro-
              cedimiento sancionador, la Adminis-     La incoación e instrucción de los expedientes sancionadores, así como la
              tración competente podrá acordar,       imposición de las correspondientes sanciones, corresponderá a cada Adminis-
              como medida cautelar, la suspensión     tración Pública en el ámbito de sus respectivas competencias.
              de cualquier tipo de ayudas o sub-      En el ámbito de la Administración General del Estado será órgano competente
              vención de carácter financiero que el   para imponer las sanciones por conductas previstas como infracciones en el
              particular o la entidad infractora haya  artículo 43:
              obtenido o solicitado de dicha Admi-       • El titular de la Dirección General del Instituto de Mayores y Servicios
              nistración Pública.                     Sociales, cuando se trate de sanciones por la comisión de infracciones leves.
                 Durante la sustanciación del pro-       • El titular de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, Familias y Disca-
              cedimiento por infracciones graves o    pacidad, cuando se trate de sanciones por la comisión de infracciones graves.
              muy graves, y ante la posibilidad de
                                                         • El titular del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, cuando se trate de
              causar perjuicios de difícil o imposi-  sanciones por la comisión de infracciones muy graves, si bien se requerirá el
              ble reparación, la Administración       acuerdo previo del Consejo de Ministros cuando las sanciones sean de cuantía
              competente podrá acordar, como          superior a 300.000 euros o en los supuestos de cierre de la empresa o clau-
              medida cautelar, el cierre del centro o  sura del servicio o establecimiento.
              la suspensión de la actividad.




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