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4 establece que “Esta Ley se dicta al de todas las Administraciones Públicas y
amparo de la competencia exclusiva del la garantía por la Administración General
“La Ley establece un Estado para regular las condiciones bási- del Estado de un contenido mínimo
cas que garanticen la igualdad de todos común de derechos para todos los ciuda-
nuevo derecho que los españoles en el ejercicio de los dere- danos en cualquier parte del territorio
tiene la naturaleza de chos y el cumplimiento de los deberes del Estado español.
derecho subjetivo de constitucionales, conforme al artículo
149.1.1 de la Constitución”. Además de la creación del derecho, se
”ciudadanía determinan los tres instrumentos funda-
Quizás el Gobierno podría haber optado mentales a través de los cuales se hará
por otro título competencial, incorporan- efectivo: El Sistema para la Autonomía y
do la protección de las situaciones de Atención a la Dependencia, la coopera-
dependencia al Sistema de la Seguridad ción entre el Estado y las Comunidades
Social, pero la opción elegida ha sido la Autónomas y la garantía por la Admi-
del artículo 149. 1.1ª que por supuesto nistración General del Estado de un con-
es plenamente constitucional, aunque tenido mínimo común de protección.
lógicamente más limitada en lo que es
su ámbito regulador y normativo. En el artículo 4, además del derecho a
acceder, en condiciones de igualdad, a
Teniendo en cuenta este marco compe- las prestaciones y servicios previstos en
tencial, la Ley de Promoción de la esta Ley, se formula una referencia a la
Autonomía Personal y Atención a las garantía de los derechos establecidos en
Personas en situación de Dependencia es la legislación vigente. Existe una especial
una ley completamente constitucional referencia a algunos de ellos: a disfrutar
que establece un nuevo derecho a la de los derechos humanos y libertades
protección de estas personas, y que tiene fundamentales, con pleno respeto de su
la naturaleza de derecho subjetivo de dignidad e intimidad, a recibir, en térmi-
ciudadanía y por tanto exigible adminis- nos comprensibles y accesibles, informa-
trativa y judicialmente. ción completa y continuada relacionada
con su situación de dependencia, a que
El derecho a la promoción de sea respetada la confidencialidad, a la
la autonomía y atención de la autonomía personal, al ejercicio de los
dependencia. derechos jurisdiccionales, etcétera.
Se establece en el artículo 1 de la ley que Niveles de protección y presta-
la misma tiene por objeto regular las ciones del Sistema de Depen-
condiciones básicas que garanticen la dencia
igualdad en el ejercicio del derecho sub-
jetivo de ciudadanía a la promoción de la Existen tres niveles de protección. Así se
autonomía personal y atención a las per- habla en la ley de:
sonas en situación de dependencia, en 1.o Un nivel de protección mínimo, esta-
los términos establecidos en las leyes,
mediante la creación de un Sistema para blecido por la Administración Gene-
la Autonomía y Atención a la Dependen- ral del Estado, destinado a garantizar
cia, con la colaboración y participación un mínimo de protección para cada
uno de los beneficiarios del Sistema,
4 establece que “Esta Ley se dicta al de todas las Administraciones Públicas y
amparo de la competencia exclusiva del la garantía por la Administración General
“La Ley establece un Estado para regular las condiciones bási- del Estado de un contenido mínimo
cas que garanticen la igualdad de todos común de derechos para todos los ciuda-
nuevo derecho que los españoles en el ejercicio de los dere- danos en cualquier parte del territorio
tiene la naturaleza de chos y el cumplimiento de los deberes del Estado español.
derecho subjetivo de constitucionales, conforme al artículo
149.1.1 de la Constitución”. Además de la creación del derecho, se
”ciudadanía determinan los tres instrumentos funda-
Quizás el Gobierno podría haber optado mentales a través de los cuales se hará
por otro título competencial, incorporan- efectivo: El Sistema para la Autonomía y
do la protección de las situaciones de Atención a la Dependencia, la coopera-
dependencia al Sistema de la Seguridad ción entre el Estado y las Comunidades
Social, pero la opción elegida ha sido la Autónomas y la garantía por la Admi-
del artículo 149. 1.1ª que por supuesto nistración General del Estado de un con-
es plenamente constitucional, aunque tenido mínimo común de protección.
lógicamente más limitada en lo que es
su ámbito regulador y normativo. En el artículo 4, además del derecho a
acceder, en condiciones de igualdad, a
Teniendo en cuenta este marco compe- las prestaciones y servicios previstos en
tencial, la Ley de Promoción de la esta Ley, se formula una referencia a la
Autonomía Personal y Atención a las garantía de los derechos establecidos en
Personas en situación de Dependencia es la legislación vigente. Existe una especial
una ley completamente constitucional referencia a algunos de ellos: a disfrutar
que establece un nuevo derecho a la de los derechos humanos y libertades
protección de estas personas, y que tiene fundamentales, con pleno respeto de su
la naturaleza de derecho subjetivo de dignidad e intimidad, a recibir, en térmi-
ciudadanía y por tanto exigible adminis- nos comprensibles y accesibles, informa-
trativa y judicialmente. ción completa y continuada relacionada
con su situación de dependencia, a que
El derecho a la promoción de sea respetada la confidencialidad, a la
la autonomía y atención de la autonomía personal, al ejercicio de los
dependencia. derechos jurisdiccionales, etcétera.
Se establece en el artículo 1 de la ley que Niveles de protección y presta-
la misma tiene por objeto regular las ciones del Sistema de Depen-
condiciones básicas que garanticen la dencia
igualdad en el ejercicio del derecho sub-
jetivo de ciudadanía a la promoción de la Existen tres niveles de protección. Así se
autonomía personal y atención a las per- habla en la ley de:
sonas en situación de dependencia, en 1.o Un nivel de protección mínimo, esta-
los términos establecidos en las leyes,
mediante la creación de un Sistema para blecido por la Administración Gene-
la Autonomía y Atención a la Dependen- ral del Estado, destinado a garantizar
cia, con la colaboración y participación un mínimo de protección para cada
uno de los beneficiarios del Sistema,