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| A FONDO
rio no es algo nuevo, ya existía. Lo que
se pretende es mejorar la equidad, con
una fórmula más justa, que tiene en
cuenta la renta, la condición de activo
o pasivo y la condición de enfermo
crónico.
El decreto establece una aportación
de los pensionistas. Se ha conside-
rado una medida necesaria, ya que
consumen casi el 80 por ciento de
los fármacos dispensados a través
de recetas. Con carácter general,
pagarán el 10 por ciento del precio
de las medicinas. No obstante, los
titulares de pensiones no contri-
butivas estarán exentos. Tampoco
tendrán que pagar por los fármacos,
por primera vez, los parados de lar-
ga duración.
En cuanto a los demás titulares de
pensiones, los que no tengan obli-
gación de hacer la declaración de
la renta (el 90 por ciento del total) ACTivoS PENSioNiSTAS
aportarán un máximo de ocho euros
al mes. Para los que tengan obliga- Perceptores de
ción de declarar, el máximo estará pensiones no
en 18 euros mensuales. contributivas, parados 0% 0%
de larga duración
Los pensionistas con rentas supe-
riores a los 100.000 euros anuales Rentas inferiores a
pagarán el 60 por ciento de las me- obligatoriedad de 40% 10% Límite máximo
de 8 €/mes
dicinas, pero tendrán un tope de 60 declaración renta
euros al mes. Rentas superiores
a obligatoriedad de 50% 10% Límite máximo
En cuanto a los activos, los que no de 18 €/mes
tengan obligación de hacer la decla- declaración renta
ración de la renta seguirán pagando Rentas superiores a Límite máximo
el 40 por ciento del precio de los 100.000 € 60% 60% de 60 €/mes
fármacos, como hasta ahora. Los
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