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El Consejo Estatal de las Personas Mayores da su apoyo a la Ley de Igualdad de Trato

















                                                                              para  la  integración  de  la  igual-
                                                                              dad de trato y no discriminación
                                                                              en sus competencias, entre otras.

                                                                              La  nueva  ley  también  contem-
                                                                              pla  la  creación  de  un  órgano
                                                                              independiente,  que  se  denomi-
                                                                              naría Autoridad Estatal para la
                                                                              Igualdad de Trato y la No Dis-
                                                                              criminación,  que  prestará  asis-
                                                                              tencia a los afectados y promo-
                                                                              verá  fórmulas  de  mediación  o
                                                                              conciliación entre las partes con
                                                                              su consentimiento. Esta Autori-
                                                                              dad podrá investigar por cuenta
                                                                              propia la existencia de posibles
                                                                              situaciones  de  discriminación.
                                                                              También ejercitará acciones ju-
                                                                              diciales en defensa de los dere-
                                                                              chos  derivados  de  la  igualdad
                                                                              de trato. La Autoridad concen-
                                                                              trará  varias  de  las  funciones  y
                                                                              recursos  de  otros  organismos
                                                                              mediadores  que  existen  actual-
                                                                              mente.


                                                                              Por  último,  en  el  apartado  so-
                                                                              bre  las  infracciones  y  sanciones
                                                                              en materia de igualdad de trato
 Imagen de los consejeros durante la reunión presidida por la ministra.
                                                                              y  no  discriminación  las  infrac-
          múltiple;  de  acoso  discrimina-  a la igualdad de trato y no dis-  ciones  se  califican  como  leves,
          torio;  de  inducción,  de  orden  o   criminación. Para ello la norma   graves o muy graves, y se definen
          instrucción  de  discriminar;  de   establece  el  mandato  a  los  po-  las  conductas  que  constituyen
          represalia; de diferencia de trato   deres públicos para la adopción   cada  infracción.  Además,  se  se-
          no discriminatoria; y una cláusu-  de  medidas  de  acción  positiva;   ñala  que  las  infracciones  serán
          la de salvaguardia para aquellas   el  reconocimiento  del  derecho   sancionadas con multas, se efec-
          diferencias objetivas, legítimas y   de  las  empresas  a  realizar  ac-  túa  una  previsión  de  sanciones
          adecuadas derivadas de disposi-   ciones de responsabilidad social   accesorias  y  sustitución  de  san-
          ción, acto, criterio o práctica.   en materia de igualdad de trato   ciones  y  se  define  los  criterios
                                            y no discriminación y hacer uso   de  graduación  de  las  sanciones,
          Defensa y promoción del derecho   publicitario de ellas; la adopción   teniendo  en  cuenta  los  supues-
          a la igualdad de trato            de una Estrategia Estatal para la   tos  de  discriminación  múltiple.
                                            Igualdad de Trato y la No Dis-    También se establecen las reglas
          El  Anteproyecto  recoge  la  de-  criminación;  o  la  colaboración   de competencia para tramitar los
          fensa  y  promoción  del  derecho   entre  administraciones  públicas   procedimientos sancionadores.

                                                                                         Más información   23



     018-023SESENTA.indd   23                                                                             02/03/11   07:37
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