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? ¿Qué es la Prestación económica vinculada al servicio?
?
• Personal y periódica.
• Sujeta al grado y nivel de dependencia y capacidad económica del beneficiario.
• Destinada a la cobertura de los gastos del servicio previsto en el Programa Individual de Atención (PIA)
cuando no sea posible la atención por un servicio público o concertado de atención y cuidado.
• El servicio deberá ser prestado por entidad o centro acreditado para la atención a la dependencia.
• El Consejo Territorial del SAAD acordará las condiciones y cuantía de la prestación.
¿Qué es la Prestación económica para cuidados en el medio familiar y apoyo a cuidadores no profe-
sionales?
• Carácter excepcional.
• Su finalidad es mantener al beneficiario en su domicilio atendido por cuidadores no profesionales, siempre que se
den condiciones adecuadas de convivencia y de habitabilidad de la vivienda.
• Se establecerá a través del PIA.
• Sujeta al grado y nivel de dependencia y capacidad económica del beneficiario.
• El cuidador será dado de alta en la Seguridad Social y se incorporará a programas de formación, información
y descanso.
• El Consejo Territorial del SAAD acordará las condiciones y cuantía de la prestación.
¿Qué es la Prestación económica de asistencia personal?
• Facilitar la promoción de la autonomía de la persona con gran dependencia, con independencia de su edad.
• Contribuir a la contratación de una asistencia personal que facilite al beneficiario una vida más autónoma, el acce-
so a la educación y al trabajo y el ejercicio de las ABVD.
• El Consejo Territorial del SAAD acordará las condiciones y cuantía de la prestación.
¿Qué ayudas económicas contempla la Ley para facilitar la autonomía personal?
• A apoyar a la persona con ayudas técnicas o instrumentos necesarios para el normal desenvolvimiento de su vida
ordinaria.
• A facilitar la accesibilidad y adaptaciones en el hogar que contribuyan a mejorar su capacidad de desplazamiento en
la vivienda.
personas en situación de dependen- autonomía personal y apoyar a las cial, servicios continuados de carác-
cia con el fin de atender sus necesi- familias o cuidadores. En particular, ter personal y sanitario.
dades de la vida diaria, prestadas por cubre, desde un enfoque biopsicoso- Este servicio se prestará en los
entidades o empresas, acreditadas cial, las necesidades de asesoramien- centros residenciales habilitados al
para esta función: to, prevención, rehabilitación, orien- efecto según el tipo de dependencia,
- Servicios relacionados con la tación para la promoción de la auto- grado de la misma e intensidad de
atención de las necesidades nomía, habilitación o atención asis- cuidados que precise la persona.
domésticas o del hogar: limpieza, tencial y personal. La prestación de este servicio pue-
lavado, cocina u otros. La tipología de centros incluirá de tener carácter permanente, cuando
- Servicios relacionados con la Centros de Día para menores de 65 el centro residencial se convierta en la
atención personal, en la realiza- años, Centros de Día para mayores, residencia habitual de la persona, o
ción de las actividades de la vida Centros de Día de atención especiali- temporal, cuando se atiendan estan-
diaria. zada por la especificidad de los cui- cias temporales de convalecencia o
• Servicio de Centro de Día y de Noche dados que ofrecen y Centros de durante vacaciones, fines de semana
El servicio de Centro de Día o de Noche, que se adecuarán a las pecu- y enfermedades o periodos de descan-
Noche ofrece una atención integral liaridades y edades de las personas so de los cuidadores no profesionales.
durante el periodo diurno o nocturno en situación de dependencia. El servicio de atención residencial
a las personas en situación de depen- • Servicio de Atención residencial será prestado por las Administracio-
dencia, con el objetivo de mejorar o El servicio de atención residencial nes Públicas en centros propios y
mantener el mejor nivel posible de ofrece, desde un enfoque biopsicoso- concertados.
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