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               tancias personales y familiares y unos   De esta forma los incentivos fiscales,  Dizy Menéndez y las investigadoras
               mayores gastos asociados.             en relación con la atención a la depen-  Olga Rúiz Cañete y Marta Fernández
                 Por último se aconseja en este infor-  dencia, fomentarían la suscripción de  Moreno de la Universidad Autónoma de
               me la implantación de incentivos fisca-  seguros privados y la conversión líquida  Madrid.
               les para los seguros privados, contribu-  de los patrimonios existentes.
               tivos y voluntarios de dependencia.      El estudio “Las personas mayores    Información:
               Esta opción constituiría el tercer nivel  en situación de dependencia. Pro-  Edad&Vida, Instituto para la mejora,
               del modelo propuesto y permitiría el  puesta de un modelo mixto y estima-    promoción e innovación de la calidad
               fomento de la competencia en la ofer-  ción del coste de aseguramiento en    de vida de los mayores.
               ta de servicios, en cuanto a cantidad y  España” es el trabajo ganador del   Telf.: 93 488 27 20.
               calidad de las prestaciones por depen-  Premio Edad&Vida 2004. El equipo     Web: www.edad-vida.org.
               dencia que no se consideran básicas   investigador autor del estudio está    Correo electrónico:
               en el SND. Los incentivos fiscales para  compuesto por la directora Dolores  edad-vida@edad-vida.org.
               estos seguros tendrían como objetivos
               el de constituir una amplia base de        Sería necesaria la creación de un
               asegurados que permita la adquisición
               de estos instrumentos de previsión a
               precios asequibles o el de disminuir la  órgano regulador para garantizar la
               tensión que la financiación de la
               dependencia ejercerá, en el futuro, en                   solvencia del SND
               cuentas públicas.

                                      RESUMEN DE LOS INCENTIVOS FISCALES PROPUESTOS


                No dependientes     • Exención de las cantidades aportadas por las empresas a seguros de dependencia de sus trabajado-
                                     res, sujeta a límites.
                                    • Reducción en la base imponible del IRPF de las cantidades aportadas individualmente a seguros de
                                     dependencia, sujeta a límites.
                                    • No efectos fiscales derivados del trasvase entre Fondos y Planes de Pensiones y Seguros de
                                     Dependencia.
                                    • No efectos fiscales de la conversión líquida de patrimonios existentes destinados a financiar la
                                     dependencia.

                Dependientes        • Exención de las rentas y capitales percibidos, destinados a cubrir los costes derivados de la situa-
                                     ción de dependencia.
                                    • No presunción de rentas de las prestaciones percibidas en especie.
                                    • No efectos fiscales de la conversión líquida de patrimonios destinados a financiar la dependencia.


                Gestores/prestadores  • Aplicación de tipos impositivos reducidos del IVA aplicables a la prestación de los servicios sociales
                                     dirigidos a dependientes.
                                    • Aplicación de tipos impositivos reducidos del IVA aplicables a la construcción de centros residencia-
                                     les.
                                    • Exención o bonificación del ITPAJD que recaiga sobre edificios destinados a servicios sociales de
                                     dependencia.
                                    • Exención o bonificación del IBI para los centros de atención a dependientes.
                                    • Exención o bonificación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que grave hechos
                                     imponibles relacionados con la atención de personas dependientes.


                Aseguradoras        • Exención del Impuesto sobre Primas de Seguros.





                                                                                                        Sesenta y más 53
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