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LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE FUNDACIONES TUTELARES. Blanca
Tejero Fernández, Responsable de Comunicación de la Asociación
Española de Fundaciones Tutelares
¿Qué pasará con mi hija o hijo con discapacidad intelectual
o del desarrollo cuando yo no esté?
Este es el interrogante que, en 1983 propició la
reforma del Código Civil en materia de tutela en
España, generando un gran cambio de
paradigma y permitiendo que también fueran
las personas jurídicas las que prestasen apoyos
a la capacidad jurídica de quienes que lo
precisasen.
En este escenario comienzan a surgir las
Fundaciones Tutelares, y promovida por 13 de
estas entidades y a instancias de Plena inclusión (antes FEAPS), en 1995 se crea la
Asociación Española de Fundaciones Tutelares (AEFT) con el objetivo de apoyar, asesorar
y coordinar a las entidades adheridas, para aumentar la calidad y eficacia de sus servicios,
orientados al apoyo de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, adultas,
cuya capacidad ha sido modificada jurídicamente y que no cuentan con apoyos familiares.
En este sentido, la AEFT y las entidades adheridas han apostado por un Modelo de
Tutela que pone el foco en la planificación centrada en la persona, es decir, en ofrecer
apoyos ajustados a las necesidades de cada una de las personas, siempre teniendo en
cuenta sus deseos y preferencias.
Entre algunos de los servicios y apoyos que ofrecen las Fundaciones Tutelares se
encuentran la pretutela, que es el compromiso de futuro que la Fundación Tutelar adquiere
con la persona con discapacidad intelectual y su familia, para que cuando falte el apoyo
familiar la persona no se quede en situación de desamparo y el nuevo escenario le sea más
cercano y conocido.
El servicio de tutela, que debe considerarse como un apoyo más a la autonomía de
la persona, que se presta solo cuando es necesario y en aquellas áreas en las que sea
indispensable –siempre bajo el dictamen de un juez o jueza-.
Newsletter CREER Nº 71 Julio-Agosto 2017 ~ 4 ~