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dossier

La determinación del grado
y nivel de dependencia
serán prioritarios para que
las personas que no se
puedan valer por sí mismas
reciban las prestaciones
establecidas en la Ley de
Dependencia. Esta
evaluación la realizarán los
servicios sociales de cada
Comunidad Autónoma.

La situación de dependencia LA DEPENDENCIA
se clasifica en los siguientes
grados, según establece el Valoración de la situación determinarán los órganos de valoración
artículo 26 de la Ley: de dependencia de la situación de dependencia, que emi-
tirán un dictamen sobre el grado y nivel
• Grado I. Dependencia modera- De acuerdo con lo establecido en el de dependencia, con especificación de los
da: Cuando la persona necesita ayu- artículo 27, las Comunidades Autónomas cuidados que la persona pueda requerir.
da para realizar varias actividades
básicas de la vida diaria, al menos una
vez al día.

• Grado II. Dependencia severa:
Cuando la persona necesita ayuda
para realizar varias actividades bási-
cas de la vida diaria dos o tres veces
al día, pero no requiere el apoyo per-
manente de un cuidador.

• Grado III. Gran dependencia:
Cuando la persona necesita ayuda
para realizar varias actividades básicas
de la vida diaria varias veces al día y,
por su pérdida total de autonomía
mental o física, necesita el apoyo indis-
pensable y continuo de otra persona.
Este grupo será atendido en 2007.
En cada uno de los grados de depen-
dencia, se establecerán dos niveles, en
función de la autonomía de las personas
y de la intensidad del cuidado que re-
quiere.

Los menores de 3 años que presenten
graves discapacidades tendrán una escala
de valoración específica y el sistema
atenderá sus necesidades de ayuda a do-
micilio y, en su caso, prestaciones econó-
micas vinculadas o de cuidados en el
entorno familiar.

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